Actualizado 16/03/2009 14:29

Absueltas de no acatar la orden de los Mossos de ingresar a un bebé en un ambulatorio de Barcelona

BARCELONA, 16 Mar. (EUROPA PRESS) -

El titular del Juzgado de Instrucción número 27 de Barcelona ha absuelto de una falta de desobediencia a una recepcionista y una enfermera del centro de urgencia Perecamps del barrio del Raval de la capital catalana que no obedecieron a los tres mossos d'Esquadra que les ordenaron admitir y atender a un bebé en el dispensario.

El juez recuerda que el ambulatorio carece de servicio de Pediatría, "lo que significa carencia de medios y conocimientos necesarios para afrontar con seguridad el tratamiento adecuado", y un error en el tratamiento puede agravar el estado del paciente, añade en la sentencia.

En base al protocolo del centro sanitario, el magistrado considera que los Mossos d'Esquadra no podían obligar a las acusadas a ingresar a la menor, por lo que no puede condenarlas por una falta de desobediencia.

Los hechos ocurrieron sobre las tres de la madrugada del 22 de julio de 2008, cuando un matrimonio acudió al ambulatorio con su hija de nueve meses con fiebre y dificultades para respirar, pero en recepción les dijeron que, como no tenían servicio de pediatría, debían ir al Hospital del Mar.

Ante los gritos del padre de la menor, que empezó a aporrear el mostrador, dos mossos d'Esquadra, que habían llevado a un detenido al dispensario, intentaron mediar con el centro para que atendieran a la niña pero, ante la negativa de la recepcionista, solicitaron que llamaran a una ambulancia para trasladarla.

El centro no pidió ninguna ambulancia alegando que, según el protocolo, sólo podían hacerlo si la persona que la necesitaba era un paciente del ambulatorio, por lo que el oficial de guardia de los Mossos trasladó a la niña en el coche patrulla al Hospital del Mar, donde permaneció tres días ingresada.

Antes de irse, el responsable de los Mossos ordenó a sus subordinados que identificaran al personal médico y administrativo de guardia, pero los empleados del ambulatorio se negaron a enseñar su DNI. "Vosotros no sois nadie, ya os podéis ir, aquí no dais órdenes", les dijo una persona que no ha sido identificada.

Un tribunal popular será el responsable de juzgar a las dos acusadas como presuntas autoras de un delito de omisión del deber de socorro.