Actualizado 27/05/2009 17:19

Condenada por acusar falsamente a su ex pareja de maltratar al hijo de ambos de cinco años de edad

SANTANDER, 27 May. (EUROPA PRESS) -

La titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander ha condenado al pago de una multa de 720 euros a una mujer que denunció falsamente que su ex pareja maltrataba al hijo común de ambos, de cinco años de edad.

Según recoge la sentencia, la acusada, E.C.C., de 37 años de edad, que padece un trastorno de inestabilidad emocional de tipo límite, y que ya había sido anteriormente condenada por un delito de lesiones, acudió en la madrugada del 5 de enero del año pasado a Comisaría, donde interpuso una denuncia contra su ex pareja y padre del hijo común, al cual imputaba un delito de maltrato habitual al niño, de cinco años.

Así la acusada denunció que el día 4 de enero de 2008, entre las 13,00 horas y las 13,30 horas, su ex pareja había dado un bofetón al hijo y además afirmó que desde que el niño tenía la edad de un año, el padre le agredía de forma violenta dándole golpes por todo el cuerpo y sobre todo en la cabeza.

Como consecuencia de la denuncia, se practicó por los agentes de la Guardia Civil del puesto de Cabuérniga, un informe "extenso y detallado" mediante el que se puso de manifiesto las múltiples denuncias interpuestas por la acusada contra su ex pareja y otras personas.

Asimismo, los Servicios Sociales de Torrelavega emitieron un informe del que se desprende que no se había detectado ningún tipo de maltrato hacia el menor, "sino todo lo contrario", que en las épocas en las que el niño estaba con su padre era cuando estaba "más centrado y tranquilo".

La sentencia considera así que de todo ello se desprende la falsedad de los hechos denunciados por la acusada, quien padece un trastorno de inestabilidad emocional de tipo límite, que influye de forma moderada tanto en la alteración de su capacidad cognoscitiva como en su capacidad de control sobre el comportamiento.

Así, la juez condena a la procesada, como responsable de un delito de denuncia falsa, con la circunstancia atenuante de alteración psíquica, a la pena de seis meses de multa con cuota diaria de cuatro euros, lo que suma un total de 720 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, y al abono de las costas procesales causadas.