Actualizado 30/01/2020 18:30

Brexit: ¿Qué trámites administrativos debes hacer si quieres retornar desde Reino Unido?

Anti-Brexit protestando
Anti-Brexit protestando - Jonathan Brady/PA Wire/dpa

MADRID, 30 Ene. (EUROPA PRESS) -

Los españoles que actualmente residen en Reino Unido deberán realizan una serie de trámites administrativos si desean retornar a España desde el país británico, después de que el Parlamento Europeo haya aprobado del acuerdo sobre el Brexit.

Según la estadística de Españoles Residentes en el Extranjero Retornados, en 2018 un total de 69.710 españoles se dieron de baja de los Consulados y Oficinas Consulares de las representaciones españolas en el exterior, de los cuales 2.946 eran españoles que estaban residiendo Reino Unido. De acuerdo al INE, un total de 139.236 españoles estaban residiendo en dicho país a fecha 1 de enero de 2019.

En el periodo 2014-2017, las bajas de consulados en el país británico tuvieron una tendencia al alza: 2.004 en 2014; 2.484 en 2015; 2.904 en 2016; y 3.280 en 2017. Ya en 2018 experimentaron un ligero descenso hasta las 2.946 bajas.

Para regresar a España, toda persona española que resida en Reino Unido debe completar una serie trámites administrativos que están recogidos en el texto del Plan de Retorno a España. 'Volvemos', un proyecto que trabaja desde el año 2016 en el retorno de talento a España, ha esquematizado en su página web las principales gestiones que deben tener en cuenta quienes deseen regresar, en vísperas del Brexit.

Son las siguientes:

- Solicitar la documentación de los estudios que hayas realizado en Reino Unido.

- Darte de baja en el Registro de Matrícula Consular.

- Darte de baja en la Seguridad Social británica.

- Devolver las tarjetas de seguro sanitario.

- Solicitar ante la Seguridad Social Británica el formulario E 104 para tu derecho a la asistencia sanitaria en España.

- Además será conveniente rellenar el documento P-8 para solicitar al HM Revenue and Customs que revise tu situación fiscal y, en caso de que las cantidades retenidas a cuenta sobrepasen la obligación fiscal del contribuyente, se realicen la devolución de impuestos que pudiera corresponder.

Si has trabajado en Reino Unido por cuenta ajena:

- Certificado de empresas donde se haya trabajado, con el tiempo trabajado, actividad de la empresa y categoría laboral.

- El documento P-60 que entrega el empresario al finalizar el año fiscal. En caso de que no esté trabajando a 5 de abril (en Reino Unido el año fiscal va de 6 de abril a 5 de abril del año siguiente), su empresario no tiene obligación de expedirle un P60. En ese caso deberá conservar su última nómina.

- La copia para el trabajador del documento P-45 que da el empresario al finalizar su relación laboral, que informa sobre los datos relativos a ingresos e impuestos pagados dentro del año fiscal.

- Solicitar el formulario U1 al organismo británico para acreditar los periodos cotizados a desempleo, con el fin de no ralentizar el proceso, es conveniente que adjunte una carta de su empleador en la que se confirme la razón por la que dejó el trabajo, o solicitar el formulario U2 si quieres exportar tu prestación por desempleo a España.

- Es recomendable solicitar el state pension statement, ya que ofrece un cálculo estimativo de lo que será tu pensión cuando te jubiles.

Si has trabajado en Reino Unido como autónomo:

- Comunicar el cese de la actividad profesional, tanto a la Seguridad Social (para que cese su obligación de cotizar como trabajador autónomo) como a las autoridades fiscales (para que cese su obligación de hacer la declaración anual de ingresos). De no hacerlo, se mantiene la obligación de declaración anual y su no cumplimiento da a lugar a sanciones económicas, con independencia de que se haya tenido o no actividad económica.

- Comunicar el cese a HM Revenue and Customs a través del formulario online https://www.tax.service.gov.uk/shortforms/form/CeaseTrading?...

- Realizar un Self Assessment antes de la fecha límite: https://www.gov.uk/selfassessment-tax-returns/deadlines

- Para dejar de pagar 'National Insurance Contributions (NICs) Clase 2', deberá contactar con el teléfono de ayuda de autónomos 0300 200 3505. Están disponibles de 8:30 am a 5 pm de lunes a viernes.

- Para cancelar el VAT (IVA) debe informar en un plazo de 30 días. Ver información: https://www.gov.uk/vat-registration/cancel-registration. En el siguiente enlace puede descargar el formulario VAT 7 Application to cancel your VAT registration, que debe enviarse a Grimsby National Registration Service HM Revenue & Customs Imperial House 77 Victoria Street GRIMSBY DN31 1DB.

- Comunicar una dirección en España a efectos de notificaciones.

Si eres pensionista en Reino Unido:

- Si se es perceptor de una pensión o prestación, se debe solicitar el documento S1 a efectos de tener asistencia sanitaria. Puedes acceder en el siguiente enlace: https://www.gov.uk/government/publications/nationalinsurance....

- Con este documento se debe acudir a la oficina del INSS correspondiente al lugar de residencia, presentando el Formulario S1 que será proporcionado por la institución competente extranjera a efectos del Seguro de enfermedad.

-Una vez efectuados los trámites oportunos, la oficina del INSS facilitará el documento de asistencia previsto para los pensionistas de la Seguridad Social española. Para mayor información se debe contactar con la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma donde se vaya a residir en España.

- Si en lugar del formulario S1 se traslada el 'Jobseeker Allowance' se deberá llevar la Tarjeta Sanitaria Europea emitida por el organismo británico. Puedes solicitarla en el siguiente enlace: http://www.nhs.uk/NHSEngland/Healthcareabroad/EHIC/Pages/abo....

Al llegar a España:

- Darte de alta en el padrón municipal en el ayuntamiento donde vayas a residir.

- Darte de alta en Seguridad Social en un centros de Atención e Información (CAISS).

- Para buscar trabajo, hay que inscribirte como demandante de empleo en la oficina de empleo.

- En caso de exportar el paro, se deberá entregar el formulario U2 en el Servicio Público de Empleo en el plazo de siete días desde que se autorizó la exportación.

En la página web del Ministerio de Migraciones se puede encontrar más información sobre estos trámites: http://www.mitramiss.gob.es/es/mundo/consejerias/reinoUnido/...

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