Actualizado 10/05/2012 18:27

El Supremo ratifica la anulación del deslinde por parte del Estado de 7.362 metros de los márgenes de la ría del Kadagua

BILBAO, 10 May. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado la anulación dictada por la Audiencia Nacional de la Orden del Ministerio de Medio Ambiente de 24 de enero de 2008, que aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de unos 7.362 metros de longitud, que comprende ambas márgenes de la ría del Kadagua entre su desembocadura de la ría del Nervión y el puente de las instalaciones de Profusa en los términos municipales de Bilbao y Barakaldo (Bizkaia).

En una sentencia, con fecha 26 de abril de 2012, el alto tribunal desestima así el recurso de casación presentado por la Administración general del Estado contra la sentencia dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 22 de octubre de 2009, que dio la razón a la Autoridad Portuaria de Bilbao, a la que reconoce legitimidad para recurrir la Orden anulada.

La Autoridad Portuaria de Bilbao demandó en 2008 a la Administración General del Estado, ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, contra la Orden del Ministerio de Medio Ambiente de 24 de enero de 2008 que aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de unos 7.362 metros de longitud, que comprende ambas márgenes de la ría del Kadagua entre su desembocadura de la ría del Nervión y el puente de las instalaciones de Profusa en los términos municipales de Bilbao y Barakaldo (Bizkaia).

Dicho Tribunal dictó sentencia con fecha 22 de octubre de 2009, en el que estimó el recurso de la Autoridad Portuaria de Bilbao y anuló la orden del Ministerio por ser contraria a derecho, debido a la caducidad del deslinde por haber transcurrido el plazo de 24 meses previsto en la Ley de Costas tras su reforma.

Ante este fallo, el abogado del Estado formuló un escrito de interposición del recurso de casación, en el que solicitaba que se anulara la sentencia de la Audiencia Nacional, lo que el supremo ha rechazado ante la imposibilidad de acoger la inexistencia de legitimación de la Autoridad Portuaria de Bilbao establecida jurisprudencialmente.