Actualizado 03/04/2007 15:17

LOE.- Educación incluye la sustitución de la didáctica por un informe de los conocimientos en las oposiciones a Maestro

MADRID, 3 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Educación y Ciencia (MEC) ha recogido ya en su orden sobre procedimientos selectivos para ingresar en el Cuerpo de Maestros la posibilidad de que los aspirantes que presten servicios como funcionarios interinos en centros de su ámbito de gestión puedan presentar un informe de valoración de sus conocimientos expedido por la propia Administración en sustitución de la unidad didáctica en la fase de oposición.

Así, en su orden de 26 de marzo por la que se convocan los procedimientos selectivos para cubrir 130 plazas de maestros situadas en Ceuta y Melilla, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ofrece esta posibilidad a los interinos en aplicación del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes mediante concurso-oposición, que desarrolla la Ley Orgánica de Educación (LOE).

Podrán optar al informe acreditativo de sus conocimientos, los aspirantes que se encuentren en la situación administrativa de servicio activo como funcionario interino del Cuerpo de Maestros a la entrada en vigor de esta orden; ocupar una plaza de maestro con nombramiento de funcionario interino para todo el curso académico 2006-2007 o quien preste estos servicios en los seis meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de documentación para participar en este proceso.

Asimismo, se entenderá que cumple ambos requisitos el aspirante que siga formando parte de la lista de aspirantes a ocupar puestos en régimen de interinidad. Quienes no se atengan a estos criterios y hayan ejercido la opción de emisión del informe figurarán en las listas provisionales de admitidos y excluidos, debiendo, en consecuencia, realizar la parte de la unidad didáctica de la prueba de la fase de oposición.

El personal interino que solicite participar en este procedimiento y esté en servicio activo en otras administraciones educativas distintas a la del Ministerio de Educación y Ciencia habrá de solicitar la emisión del documento a su Administración de origen que, en el supuesto de que dicho personal reúna los requisitos, lo remitirá a la Subsecretaría del MEC, surtiendo los mismos efectos que el del Departamento que dirige Mercedes Cabrera.

SIN INFORME HABRÁ QUE REALIZAR LA UNIDAD DIDÁCTICA.

En el caso de que un aspirante opte por la emisión del informe acreditativo de su experiencia y su Administración educativa de procedencia no contemple esta opción en su convocatoria, el candidato a ocupar una de las plazas de maestro habrá de realizar la parte de la unidad didáctica de la oposición, tal y como fija esta orden ministerial.

En dicho informe que, será juzgado, valorado y calificado por el Tribunal correspondiente, deberá acreditarse, al menos, la concreción de los objetivos de aprendizaje que se han perseguido en las unidades didácticas, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se plantean en el aula y sus procedimientos de evaluación, tal y como fija el propio decreto que regula esta posibilidad.

La parte de la prueba que sustituirá el informe consiste en la preparación, exposición oral y, en su caso, defensa de una unidad didáctica. El aspirante elegirá su contenido entre tres extraídas al azar por él mismo, de su propia programación y en su elaboración deberán concretarse los objetivos de aprendizaje que se persiguen, sus contenidos, las actividades de enseñanza y aprendizaje que se van a plantear en el aula y sus procedimientos de evaluación.