Consejo.- El Gobierno remite a las Cortes dos protocolos al Convenio Europeo para la Protección de los DDHH y Libertades

Europa Press Sociedad
Actualizado: viernes, 27 marzo 2009 16:39

MADRID 27 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprovó hoy la remisión a las Cortes Generales del Protocolo nº 4 al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, reconociendo ciertos derechos y libertades además de los que ya figuran en el Convenio en su Protocolo adicional, y del Protocolo nº 7 al mismo Convenio. Asimismo, el Consejo de Ministros ha autorizado sendas declaraciones a formular por España para el caso de que estos Convenios sean extendidos por Reino Unido a Gibraltar.

El Protocolo número 4 añade cuatro nuevos derechos a los ya garantizados por el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y su Protocolo Adicional: prohibición de la prisión por deudas; libertad de circulación para nacionales y extranjeros que se encuentren legalmente en un país; prohibición de expulsión de nacionales; y prohibición de expulsión colectiva de extranjeros.

En cuanto al Protocolo número 7, éste fue firmado por España en 1989 y su ratificación, aprobada por las Cortes Generales en 1997, junto con una reserva y varias declaraciones. Sin embargo el Consejo de Europa no aceptó el depósito del instrumento de ratificación, al existir problemas con la segunda declaración.

Transcurridos diez años de dicha fecha, se remite nuevamente el Protocolo a las Cortes Generales, esta vez sin reservas ni declaraciones, dado que no hay ningún derecho establecido en el mismo que no se corresponda con los reconocidos por el Derecho español y existe un firme compromiso del Gobierno español con la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

El Protocolo extiende el catálogo de los Derechos Humanos reconocidos en el Título primero del Convenio y en los Protocolos 1, 4 y 6, a los siguientes derechos: derecho al no residente, expulsado en virtud de una decisión de las autoridades nacionales, a recurrir contra ella; derecho a recurrir contra una sentencia penal condenatoria; derecho a una indemnización a favor de la víctima de un error judicial; derecho a la aplicación del principio de "non bis in idem"; principio de igualdad jurídica de los cónyuges.

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