Actualizado 11/01/2008 17:33

El Gobierno regula una prestación para los españoles residentes en el exterior que sean pobres

MADRID, 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto que regula la prestación para los españoles residentes en el exterior y para los españoles retornados a España que carezcan de recursos económicos.

Esta subvención está destinada a españoles residentes en el exterior que, habiéndose trasladado por razones laborales, económicas o cualesquiera otra o estando incapacitados para el trabajo, se encuentren en una situación de necesidad por carecer de recursos suficientes.

Igualmente, se supera el concepto tradicional de emigrante que vinculaba la acción protectora a la existencia de una relación de trabajo y a los familiares a su cargo. Con esta nueva dimensión, las mujeres de los residentes españoles en el exterior se equiparan al mismo nivel de protección, no quedando supeditadas a la mera condición de familiares.

ESPAÑOLES DE ORIGEN Y PAREJAS DE HECHO

Asimismo, el Real Decreto introduce como novedad la inclusión de los españoles de origen no nacidos en España y de las parejas de hecho como nuevos beneficiarios de las prestaciones. Así, se establece la posibilidad de acceso a la prestación por razón de necesidad para los españoles de origen no nacidos en España que acrediten un periodo de residencia en nuestro país de 10 años y siempre que ostentaran durante todo ese periodo de residencia la nacionalidad española.

También fija la inclusión de los miembros de las parejas de hecho como miembros de la unidad económico-familiar, siempre que dichas relaciones sean reconocidas por la legislación vigente en el país de residencia y se acrediten documentalmente.

Además, se financiará la cobertura de asistencia sanitaria para los perceptores de la prestación en sus desplazamientos temporales a España.