Archivo - Vista de la declaración de la renta en una tablet. Imagen de archivo. - EDUARDO PARRA / EUROPA PRESS - Archivo
SEVILLA, 8 Abr. (EUROPA PRESS) -
Este miércoles comienza la campaña de la declaración de la renta, y son muchos los andaluces que se plantean dudas sobre cómo realizarla y qué deducciones pueden aplicarse. Además, este año se incorporan nuevas deducciones en Andalucía, como las relacionadas con gastos de gimnasio, celiaquía o atención veterinaria, así como la deducción sin límite de renta por nacimiento, adopción o acogimiento familiar de menores.
A la hora de presentar la declaración de la renta, es necesario marcar las casillas correspondientes para poder aplicarse las deducciones e informar, por ejemplo, si se ha adquirido una mascota, si se paga el gimnasio, si se ha tenido un hijo o si se convive con un dependiente, o si alguien de la familia padece celiaquía, entre otras. No obstante, hay que estar muy atentos, ya que son deducciones exclusivas de Andalucía y no se aplican automáticamente.
Según los datos recabados por Europa Press, en materia de vivienda, también se ha mejorado la deducción por alquiler, siendo de un 15% para menores de 35 años, mayores de 65 y víctimas de violencia de género y terrorismo. El límite será de 1.200 a 1.500 euros en caso de discapacidad. La base imponible debe oscilar entre los 25.000 y los 30.000 euros.
En el caso de los gastos veterinarios, la deducción es de un 30%, con un límite de 100 euros por contribuyente. Está acotado al primer año de convivencia con la mascota (tres años en caso de adopción y toda la vida del animal en caso de perros guía y animales de acompañamiento terapéutico). Las bases imponibles son de 80.000 a 100.000 euros. La deducción por gimnasio es de un 15% hasta un máximo de 100 euros por contribuyente. Por celiaquía, se puede obtener una deducción de 100 euros por contribuyente o miembro del núcleo familiar.
¿CUÁNTO SE PUEDE DEDUCIR POR UNA VIVIENDA?
Además de todo lo expuesto, se puede obtener un 6% de deducción por inversión en vivienda habitual para menores de 35 años o vivienda protegida sin límite de edad, para bases imponibles de entre 25.000 y 30.000 euros. Por nacimiento, adopción o acogimiento familiar de menores, la deducción es de 200 euros sin límite de renta, una novedad en los Presupuestos de 2026. Por adopción internacional, la deducción es de 600 euros por hijo.
Para las familias monoparentales o con personas mayores de 75 años a cargo, la deducción es de 100 euros para rentas de entre 80.000 y 100.000 euros. Para familia numerosa, 200 euros, que ascienden a 400 euros en categoría especial. Por gastos educativos, un 15% por cada hijo con un límite de 150 euros. Para contribuyentes con discapacidad, 150 euros por persona para rentas de entre 25.000 y 30.000 euros.
Para contribuyentes con cónyuges o parejas de hecho con discapacidad, la deducción es de 100 euros si el grado es igual o superior al 65%; por asistencia a personas con discapacidad, hasta 100 euros; por ayuda doméstica, un 20% de las cotizaciones a la Seguridad Social con un límite de 500 euros; y por donativos con finalidad ecológica, un 10% de lo donado (hasta 150 euros).
Cierra el listado de deducciones autonómicas el 20% de las cantidades invertidas en acciones o participaciones sociales por constitución o ampliación de capital, y hasta 200 euros por gastos de defensa jurídica en casos de despido o reclamación de cantidades.