El SLG denuncia que la Seguridad Social cobra a agricultores gallegos cuotas ya pagadas por bajas laborales

Europa Press Galicia
Publicado: lunes, 2 octubre 2023 15:00

SANTIAGO DE COMPOSTELA 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Sindicato Labrego Galego (SLG) denuncia que la Seguridad Social cobró en septiembre a agricultores gallegos cuotas ya pagadas por mutuas en relación con bajas de más de 60 días.

En un comunicado, señala que la Tesorería General de la Seguridad Social estuvo mandando cartas a trabajadores en la actividad agraria por cuenta propia para reclamarles cantidades correspondientes a cuotas de cotización de diferentes periodos entre 2019 y 2021 en los que estuvieron más de 60 días de baja.

Así, señala que esas cantidades fueron abonadas en su momento por las mutuas debido a la obligación de hacerse cargo de ellas en virtud de la modificación que se hizo en su día --del artículo 308.1-- del texto de la Ley General de la Seguridad Social.

Por ello, el Sindicato Labrego anuncia que se va a reclamar contra las mutuas y la Tesorería General de la Seguridad Social para que las mutuas se hagan cargo de estas cotizaciones.

"Aunque el texto de la ley mencionaba que se harían cargo de esta cobertura con cargo a las cuotas por cese de actividad, la redacción del mismo no vincula el derecho con la cotización por cese de actividad. Sin embargo, tanto las mutuas como la Tesorería General de la Seguridad Social obviaron esta interpretación y están reclamándole diferentes cantidades de dinero a las labradoras y labradores que no tenían esta cobertura y estuvieron de baja más de dos meses entre lo 2019 y el 2021. La actual redacción del texto legal se hizo más clara a partir del año 2022 y ahora le da cobertura a todas las personas trabajadoras aunque no estén cotizando con pleno derecho a cese por actividad", explica el SLG en un comunicado.

Apunta que, a pesar de que en el periodo entre 2019 y 2021 existen diferentes interpretaciones, en una resolución publicada en el año 2022 por el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, falla a favor de la persona trabajadora y en contra de la mutua, por lo que sentencia que debe ser esta última la que tiene que hacerse cargo de las cotizaciones a partir del día 60 de una incapacidad temporal en todos los casos, con independencia de tener o no la cobertura de cese de actividad. Por tanto, "es totalmente improcedente que tanto las mutuas como la Tesorería General de la Seguridad Social carguen sobre las labradoras y labradores las cotizaciones de las que ya se habían hecho cargo en su día".

"Esta situación de indefensión se ve agravada por el deber de relacionarse de forma telemática con la Seguridad Social, que le impide a las personas acudir a las oficinas de forma presencial para recibir información sobre su situación o realizar cualquier trámite", reprueba el Sindicato Labrego.

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