MADRID 9 Abr. (OTR/PRESS) -
Si el juez se lo permite, y todo invita a suponer que así será, Iñaki Urdangarin podría salir de España para trabajar en el Emirato de Qatar. En lo suyo, el deporte del balonmano. Ni el juez ni el fiscal se opondrían, según algunas informaciones que han transcendido en las últimas horas. Y eso quiere decir, fíjense qué cosas, que no se teme la posibilidad de que quiera escapar a la acción de la Justicia. Y quiere decir también que aún queda un resto de confianza en quien de algún modo representa a la Familia Real, como esposo de la infanta Cristina, y por ello está obligado a ser ejemplar.
No solo ejemplar. También transparente. Ejemplaridad y transparencia han sido virtudes olvidadas en el quehacer de las personas que representan directa o indirectamente a la primera institución del Estado. Y eso les ha granjeado la caída en el ranking de valoración ciudadana y, como síntoma indeseable, la desconfianza de la opinión pública respecto a la conducta personal de los miembros de la Familia Real.
Que se lo digan a la infanta Cristina. Su horizonte penal está abierto. De momento, a la espera de que la Audiencia Provincial de Palma diga si procede o no procede su imputación. Una decisión judicial como miles de decisiones judiciales que se toman diariamente en el marco del funcionamiento del Estado de Derecho. Sin embargo, en el caso de la hija del Rey, la sombra de la sospecha se ha posado indefectiblemente sobre ella y tenemos garantizada la desconfianza de la opinión pública si acaso la Audiencia se opusiera a la imputación.
Existe el prejuicio de la desigualdad ante la ley. En la calle todo el mundo está convencido de que la infanta goza de una protección añadida por ser quien es. Y un segundo prejuicio, también por ser quien es. A la infanta no se le aplica el principio general de que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Dicho sea por el fondo de la discrepancia entre el juez y el fiscal del caso, pues aquel cree que doña Cristina era un simple elemento pasivo como directiva del Instituto Nóos, mientras el fiscal sostiene que era consciente de estar colaborando en los negocios de su marido y, lo que es peor, de estar avalando con su nombre el uso de la Corona como gancho en dichos negocios.
Son muchos los preceptos legales que, según el fiscal Horrach, no se le pueden aplicar a doña Cristina porque los desconocía. Todos los que tienen que ver con la colaboración necesaria, la complicidad o el consentimiento de conductas tipificadas en el Código Penal. Sin ir más lejos, el artículo 122, donde se establece que quien hubiese participado de los efectos de un delito o falta (en este caso de la presunta actividad delictiva de su marido), "deberá restituir o resarcir el daño provocado hasta la cuantía de su participación".