MADRID, 20 May. (Portaltic/EP) -
La sección número cinco de la Audiencia Provincial de Zaragoza ha desestimado un recurso de apelación de ocho entidades de gestión --entre otras, la SGAE o AGEDI-- por el que se les obligaba a pagar 3.000 euros --devolución de la caución-- a una tienda de informática por incumplimiento de plazos judiciales.
Según explica la Asociación de Internautas, las entidades de gestión instaron judicialmente medidas provisionales de exhibición de los libros contables de dicha tienda, sin proceder después a interponer demanda alguna en el plazo legal estipulado, atl y como exige la ley.
Asimismo, el texto, al que tuvo acceso 'Portaltic', recuerda que, a pesar de que las entidades argumentaron la ausencia de demanda --lo que eximiría del pago de la citada sanción--, no lo hicieron "en la medida y minuciosidad requeridas".
En este sentido, el juez hace constar que las diligencias "afectaban particularmente a la esfera privada" de la sociedad, al incidir en la contabilidad y control de facturas de la empresa. "Se trata de un reducto privado que no debía haber sido invadido", apunta la audiencia.
Para la AI, la presente resolución --contra la que no cabe recurso-- "ataca la política de las entidades de gestión de usar indiscriminadamente esa prerrogativa legal recogida en la Ley de Propiedad Intelectual de poder examinar a la fuerza los libros contables de cualquier empresa, sea informática o no, de España".