AMPL.- Absuelven a los padres de la niña de 17 meses que dio positivo por consumo repetido de cocaína y hachís

Actualizado: miércoles, 6 mayo 2009 18:23

La Audiencia cree que no eran conscientes de que lo recibía por la lactancia y el humo y abre la puerta a limitarles la patria potestad

SANTANDER, 6 May. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a los padres de una niña de 17 meses que fue encontrada sola de noche deambulando por un camping de la localidad de Isla mientras ellos dormían y que, según los análisis realizados con posterioridad, había mantenido un consumo "repetido" de cocaína y hachís en los ocho o nueve meses anteriores al incidente del camping.

Las razones que da la sala para absolverles es que la pequeña absorbió la cocaína a través de la leche de su madre, que la dio de mamar hasta el año de edad, y el hachís por el humo al consumirlo sus padres. Pero, a su juicio, no eran conscientes de que con esas acciones la droga llegaba a la niña.

En cuanto al delito de abandono que les imputaba la Fiscalía, la sentencia dice que no hubo intencionalidad y que la niña deambulaba de noche por el camping porque abrió ella la cremallera de la tienda mientras los padres dormían, afectados por el consumo de bebidas alcohólicas y drogas.

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Esteban Campelo, se reconoce que la actitud de los padres es "social y moralmente reprobable", pero se recalca que al no ser conscientes de lo que hacían, no pueden ser sancionados penalmente.

De todas maneras, la Sección Tercera ha decidido remitir la sentencia a la Fiscalía por si considera oportuno promover alguna medida para que se les limite la patria potestad.

HECHOS

La sentencia, fechada el pasado 8 de abril pero conocida ahora, explica que los dos acusados, naturales de la localidad burgalesa de Aranda de Duero emprendieron viaje hacia Cantabria a las nueve de la noche del 21 de julio y, en el trayecto, el padre consumió dos inhalaciones de speed para no dormirse.

Ya por la mañana se asentaron en el camping, donde colocaron dos tiendas, y después de comer se fueron a la playa. Por la noche cenaron en el restaurante del camping y como la niña "estaba muy activa" y tiró una botella de vino, su madre le dijo "que la iba a llevar con los gitanos", mientras su padre le dio "unas palmadas en las manos y en el trasero".

Después, el padre cogió a la niña y se fue a acostar y más tarde fue también la madre, que cerró la cremallera de la tienda. Mientras ellos dormían, la niña abrió la cremallera y anduvo por los alrededores hasta que la vieron otros campistas y se dio aviso al guarda del camping y a la Guardia Civil.

En la tienda de campaña se encontraron 9,8 gramos de hachís, del que los padres eran consumidores habituales. Además, eran consumidores ocasionales de cocaína. Un informe del Instituto Nacional de Toxicología a partir de un cabello de la niña constató la presencia de cocaína y cannabis en los ocho o nueve meses previos.

Aunque la sentencia reconoce todos estos hechos, subraya que no se ha probado que los padres facilitaran drogas a la pequeña "conscientemente" y tampoco cree demostrado que la tuvieran abandonada. De hecho, remite a los informes del Hospital de Laredo y del médico forense que no hallaron muestras de agresiones, deshidratación o desnutrición.

BIEN NUTRIDA, VESTIDA Y ASEADA

Incluso, subraya que el médico forense destaca que la niña "ríe y juega constantemente" y está "vestida y aseada", con buen estado de nutrición. Reconoce la existencia de un hematoma en un brazo, que considera compatible con algún juego de la pequeña, y explica que algunas marcas que tiene por todo el cuerpo son compatibles, a su vez, con la varicela que había padecido recientemente.

Para la sala, en el incidente del camping la conducta de los padres fue "social y moralmente reprobable", pero el hecho de que la niña abriera la cremallera y caminara descalza con un vestido de manga corta y tiritando de frío "en modo alguno puede fundamentar una situación de abandono".

Por lo que respecta a la droga, la Audiencia se inclina por pensar que la cocaína llegó a la niña a través de la lactancia y el hachís por el humo, porque la madre le dio el pecho a la pequeña durante un año y no se ha probado que fuera consciente de que no se puede dar de mamar cuando se consume droga.

En este sentido, la sentencia remite a un informe de salud mental del Hospital Santos Reyes de Aranda de Duero en el que se asegura que "impresiona el bajo coeficiente intelectual" de la madre y, por tanto, "es creíble al afirmar que desconocía que la lactancia materna está contraindicada cuando se consume cocaína".