VALENCIA 30 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra una sentencia del Juzgado de la Penal número 3 de Valencia que condenó a un hombre una multa de 360 euros --a razón de seis euros al día durante dos meses-- por golpear en la cara a su mujer, a quien le causó una hemorragia nasal y un traumatismo en un dedo. No obstante, solo precisó una primera asistencia facultativa para su curación.
Los hechos ocurrieron el 21 de octubre de 2010, sobre las 17.00 horas, cuando el acusado y su esposa mantuvieron una discusión a gritos. Según diversos testimonios, las discusiones entre ambos eran habituales y, en ellas, se propinaban insultos y golpes recíprocamente.
Según consta en la sentencia, el acusado también presentó lesiones, consistentes en arañazos en una mano, cervicalgia y una contusión superficial derecha, lo que, según la Audiencia, permiten afirmar que las dos partes se enfrentaron verbal y físicamente.
Asimismo, indica que ambos se encontraban "en plano de igualdad", por lo que "no se puede hablar de situación de dominio o propósito discriminador, ni se puede entender la acción del acusado como un abuso de poder".
Del mismo modo, señala que el acusado tiene menor corpulencia, así como que presenta un estado de "debilidad máxima" provocada por la enfermedad degenerativa que padece. Todas estas circunstancias, según la Audiencia Provincial, reducen la culpabilidad.
No obstante, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado el recurso de apelación y ha confirmado la sentencia apelada.