Economía/Energía.- El Supremo rechaza subir de forma cautelarísima los peajes eléctricos para cubrir el desfase de 2013

Facturas de gas y luz (Iberdrola y Gas Natural)
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:34

Iberdrola aprecia un desfase de 500 millones en las primas a las renovables y cree que las subastas de CO2 ingresarán menos de lo previsto

MADRID, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

La sala tercera del Tribunal Supremo ha rechazado aplicar de manera cautelarísima una subida de los peajes eléctricos solicitada por Iberdrola con el objeto de equilibrar los costes e ingresos del sistema, después de que el ministro de Industria, Energía y Turismo, José Manuel Soria, anunciase un posible desfase de entre 2.500 y 3.000 millones en la tarifa de 2013.

Tras conocer las estimaciones del Gobierno, Iberdrola solicitó estas medidas cautelarísimas, en una denuncia en la que no llega a cifrar en entre 2.500 y 3.000 millones el desajuste de 2013, pero en la que sí identifica 500 millones de euros "indebidamente minorados en la retribución de las energías renovables".

Esta circunstancia, señala la eléctrica, exige que se suban los peajes eléctricos en una proporción suficiente para ingresar 500 millones y eliminar el desfase. La denuncia no cifra esta subida necesaria, pero sería previsiblemente superior al 8% incluido en la revisión de peajes de agosto, con la que se prevén ingresar 400 millones.

La compañía recuerda que la orden de peajes de agosto, que dio origen a una subida del 3,2% la tarifa eléctrica, se diseñó con la pretensión de equilibrar los costes e ingresos del sistema eléctrico. Sin embargo, da por hecho que se producirá déficit.

Además de los 500 millones asociados a la retribución a las renovables, Iberdrola advierte de que los ingresos por las subastas de derechos de emisión de CO2 también serán menores a los 150 millones de euros previstos en la orden de peajes de agosto.

El Supremo considera que "no es posible acceder a la pretensión" de Iberdrola y, en vez de aplicar las cautelarísimas, se decanta por tramitar la pieza de suspensión por el cauce procesal ordinario.

El tribunal justifica su decisión aludiendo a "la inexistencia de una urgencia tan extremada como para no tramitar la pieza de suspensión ordinaria" y a "la complejidad y trascendencia de las cuestiones planteadas".

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