Actualizado 10/07/2009 16:43

Andalucía y Cataluña tramitarán con el Gobierno los permisos para inmigrantes

inmigrantes
Reuters

El Ejecutivo facilita la recolocación de los extranjeros que hayan quedado en desempleo y la renovación de su autorización de trabajo


MADRID, 10 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros aprobó hoy una Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Extranjería para adaptarlo a los estatutos de Cataluña y Andalucía, que se atribuyen la competencia para autorizar el trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en su territorio.

Durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, indicó que se trata de una "adaptación" de la legislación "para evitar que la intervención de dos administraciones que tienen competencias compartidas altere el buen servicio al ciudadano".

En este sentido, señaló que la competencia de autorizar el trabajo de los extranjeros que recogen los estatutos de autonomía de algunas comunidades autónomas "se trata de una atribución que debe ejercerse en coordinación con el Gobierno, ya que es la autoridad competente en materia de residencia".

Así, de acuerdo al Real Decreto aprobado hoy, se emitirá "una sola resolución conjunta de ambas administraciones para las solicitudes de residencia y de trabajo", por lo que sólo habrá "un único procedimiento", lo que hará "más eficaz y más ágil" la gestión de las solicitudes, aseguró De la Vega, que calificó el procedimiento de "magnífico modelo de cooperación entre administraciones".

La administración autonómica y la estatal ejercerán sus competencias a través de un procedimiento único que, soportado internamente por un sistema informático innovador, permitirá compartir información y ahorrar trámites, así como que ambas administraciones conozcan el estado de tramitación en todo momento.

Esta reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería tiene lugar tras la consecución del primer acuerdo de traspaso de la gestión de las autorizaciones iniciales de trabajo a la Comunidad Autónoma de Cataluña, y coincide con un ajuste en materia de modificación y renovación de autorizaciones consecuencia de un acuerdo de diálogo social.

La Comunidad Autónoma de Cataluña ha sido la primera autonomía con la que el Gobierno ha llegado a un acuerdo sobre este procedimiento de extranjería en sus términos fundamentales. Sin embargo, la seguridad jurídica y la posibilidad de que las demás Comunidades Autónomas que tienen reconocida esta competencia en sus estatutos puedan desarrollarla requerían una regulación en la legislación estatal, según el Ejecutivo.

MÁS FACILIDADES PARA RENOVAR LA AUTORIZACIÓN

El Real Decreto contempla también algunos cambios en la renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros. Así, el texto recoge algunos criterios para facilitar la recolocación de los extranjeros que hayan quedado en desempleo. De este modo, se modifican sus autorizaciones para eliminar las restricciones geográficas o de sector de actividad, así como se cambian la autorización de cuenta ajena a cuenta propia o viceversa.

Además, este Real Decreto facilitará la renovación de las autorizaciones de aquellos trabajadores que tienen una trayectoria laboral que acredita su vinculación reforzada con el empleo, al igual que las de otros extranjeros que cuentan con una red familiar que sustenta su mantenimiento en España cuando no pueden acreditar un contrato de trabajo en vigor en el momento de la renovación.

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro de 16 de febrero de 2007 sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

El Real Decreto que ahora se modifica excluía a los familiares del ciudadano comunitario nacionales de terceros países y residentes en Bulgaria, Chipre, Irlanda, Reino Unido o Rumanía, a los que no se permitiría la entrada en España sin la obtención previa de un visado de entrada.

Por ello, el Gobierno ha aprobado hoy una modificación por la que la posesión de la tarjeta de residencia de un familiar de un ciudadano de la Unión Europea, válida y en vigor, expedida por cualquier Estado miembro de la Unión Europea o por otro Estado parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, exima a dichos miembros de la familia de la obligación de obtener visado de entrada.

MODIFICACIÓN FORO PARA LA INTEGRACIÓN

Además, el Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto de 2006 por el que se regulaba la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, como consecuencia de las modificaciones producidas por la reestructuración de Departamentos ministeriales.

Los cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones de los Departamentos ministeriales han originado la adaptación a esta nueva situación de la composición del grupo de vocales de la Administración General del Estado que forman parte del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes. Además, se reduce de ocho a siete días el plazo de las convocatorias extraordinarias del Pleno.

El Foro está constituido de forma tripartita y equilibrada por representantes de las Administraciones Públicas, de las asociaciones de inmigrantes y refugiados, y de las organizaciones sociales de apoyo como sindicatos de trabajadores y organizaciones empresariales con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.