TC admite a trámite el recurso del Gobierno contra el decreto de la Generalitat valenciana

Actualizado: jueves, 18 febrero 2010 15:08


VALENCIA, 18 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, contra el Decreto-Ley 1/2010 del Consell valenciano relativo al barrio valenciano de El Cabanyal, cuya vigencia y aplicación queda suspendida desde la fecha de interposición del recurso, el pasado 1 de febrero, para las partes del proceso y en el día en que se publique en el BOE para terceros.

El pasado 7 de enero el Consell aprobó un decreto de medidas de protección y revitalización del conjunto histórico de la ciudad de Valencia, en el que declaraba "expresamente" que el Plan Especial de Protección y Reforma (PEPRI) de El Cabanyal "no perjudica, daña o deteriora la protección del conjunto histórico de la ciudad contenida en el Decreto del Consell 57/1993, de 3 de mayo, por el que se declaró Bien de Interés Cultural (BIC) al conjunto histórico de Valencia", incluido este barrio. El Decreto-Ley derogaba cualquier norma de igual o inferior rango que se oponga a lo previsto en él y en concreto el Decreto 57/1993.

La providencia del Tribunal Constitucional implica la "suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto-Ley impugnado, desde la fecha de interposición del recurso --1 de febrero de 2010-- para las partes del proceso y desde el día en que aparezca la suspensión en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para los terceros", algo que se comunicará tanto al presidente de la Generalitat, Francisco Camps, como a la presidenta de las Corts, Milagrosa Martínez.

La decisión del TC, además, se trasladará al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al presidente de la Generalitat y a la de las Corts, con el fin de que "en el plazo de 15 días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes".

El Consell aprobó este decreto el pasado 7 de enero --que al día siguiente se publicó en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV)--, tras la orden del Ministerio de Cultura, conocida el lunes anterior, 5 de enero, en la que declaraba como "acto de expolio" del patrimonio histórico las actuaciones derivadas del PEPRI de El Cabanyal-Canyameral. El Tribunal Supremo (TS), en una sentencia de 25 de mayo de 2009, emplazó a este departamento ministerial a pronunciarse sobre si el desarrollo del PEPRI de El Cabanyal supone o no expolio.

El Consell argumentaba en el decreto que varias sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana y del TS avalaban la homologación del PEPRI de El Cabanyal y ponían fin al debate acerca de si la alteración de parte de la estructura urbana y arquitectónica de este barrio.

Además, apuntaba que existen razones de "extraordinaria y urgente necesidad que justifican la aprobación del presente Decreto-ley". En este sentido, argumentaba que el PEPRI de El Cabanyal "no es un instrumento de planeamiento cualquiera, sino que es el Plan que mayor controversia jurídica, política y social ha suscitado en la historia de la Comunitat Valenciana" y cuenta con 12 sentencias de diferentes tribunales --nueve del TSJCV y tres del TS--.

Con la resolución del Gobierno valenciano, también se autorizaba "expresamente las actuaciones e intervenciones sobre la estructura urbana y arquitectónica prevista" en el PEPRI, presentado y aprobado por el equipo de gobierno de la alcaldesa de Valencia, Rita Barberá, y ratificado por la Generalitat en 2001.