El TC afirma que el PP vulneró la Constitución al tratar de frenar el "Plan Ibarretxe" mediante enmiendas en el Senado

Fachada del Tribunal Constitucional (TC)
EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 11 julio 2011 19:00

El alto tribunal anula los acuerdos por los que el Senado aceptó tramitar una reforma del Código Penal que fue derogada después por Zapatero

MADRID, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Constitucional ha declarado la nulidad de dos acuerdos adoptados en diciembre de 2003 por la Mesa del Senado que permitieron reformar el Código Penal (creando penas de cárcel para quien organizara referendos ilegales) a través de enmiendas presentadas por el PP a la Ley de Arbitraje que se tramitaba en ese momento en la Cámara alta. El objetivo de la reforma, derogada dos años después por el Gobierno de José Luis Rodríguez-Zapatero, era impedir el denominado "Plan Ibarretxe".

La sentencia del alto tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, reconoce que la admisión de dichas enmiendas vulneró el derecho de otros senadores a realizar su labor parlamentaria en condiciones de igualdad, según señala el artículo 23.2 de la Constitución. El recurso había sido interpuesto por medio centenar de senadores del PSOE.

ABSOLUTA FALTA DE "HOMOGENEIDAD"

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Pablo Pérez-Tremps, señala que la "lesión del procedimiento administrativo", al negarse la Mesa a valorar la existencia de relación entre las enmiendas propuestas y la iniciativa a enmendar, "y al constatarse la absoluta falta de homogeneidad, no puede considerarse inane a los efectos del derecho fundamental" reconocido en el citado artículo 23.2.

"Con la admisión a trámite como enmiendas de unas propuestas de modificación del Código Penal que no guardaban relación material alguna con el contenido de la Ley de Arbitraje remitida por el Congreso de los Diputados, los recurrentes vieron restringidas sus posibilidades de deliberación sobre un nuevo texto que planteaba una problemática política por completo ajena a la que hasta el momento había rodeado al debate sobre la Ley de Arbitraje, frente ala que no pudieron tomar una postura que se concretase en propuestas de enmienda o veta".

Esta infracción se ve además confirmada, según la sentencia del alto tribunal, por el hecho patente de "la más absoluta desconexión" entre el proyecto de Ley Orgánica complementaria de la Ley de Arbitraje -que atribuía determinadas competencias a los Juzgados de lo Mercantil-, y las enmiendas admitidas a trámite por la Mesa del Senado, "cuyo objetivo era modificar el Código Penal añadiendo tres tipos penales relacionados con la convocatoria ilegal de elecciones generales, autonómicas o locales o consultas populares por vía de referéndum".

En abril de 2005, la Comisión de Justicia del Congreso rechazó con los votos de todos los partidos políticos excepto el PP las enmiendas presentadas por este grupo parlamentario contra la proposición de Ley para derogar la reforma del Código Penal (CP) de finales de 2003 que castigaban con penas de cárcel a quienes convoquen referendos ilegales, por entender que el Ordenamiento Jurídico cuenta con los suficientes mecanismos para hacer frente a esta posibilidad sin crear un tipo penal específico.