Condenan a 9,5 años a Casto, a 4 años a Carretero y a un año y 11 meses a Campanario y su madre

La Madre De María José Campanario Sale De La Audiencia Tras Su Hija
EUROPA PRESS/ARCHIVO
Actualizado: lunes, 11 julio 2011 17:47

CÁDIZ, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha condenado a 9 años y medio de prisión a Francisco Casto, el inspector médico encausado en el juicio de la 'Operación Karlos'. Asimismo, ha condenado a cuatro años de cárcel a Carlos Carretero, al que se considera cerebro de la trama, y a un año y once meses de prisión a María José Campanario y su madre, Remedios Torres.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, Carretero es cooperador necesario de un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso con un delito de estafa; Casto de un delito continuado de falsedad en documento oficial y un delito de actividades prohibidas a funcionario público en concurso con un delito de estafa, así como de otro delito de cohecho.

Asimismo, considera que Campanario y su madre son cooperadoras necesarias de un delito de falsedad en documento oficial y autoras de un delito de estafa en grado de tentativa, condenándolas a un año y siete meses de prisión por el primero de ellos y a cuatro meses por el segundo.

El juicio de la 'operación Karlos' --por una supuesta trama organizada dedicada a la concesión de pensiones por incapacidades laborales mediante procedimientos ilegales-- comenzó el 11 de abril y surgió a raíz de unas escuchas telefónicas que se le estaban realizando a Carlos Carretero con motivo de una investigación por otra causa, la Operación Halcón.

Este hecho motivó que las defensas reclamaran la nulidad del proceso y, por tanto, el sobreseimiento de la causa. La Fiscalía defendió la investigación, llegándola a calificar de "impecable" y, tras las cuestiones previas, el juez, Manuel Grosso, dio por buenas las escuchas y la investigación.

Del total de 25 acusados en el marco de la 'operación Karlos', 15 llegaron a algún tipo de acuerdo con el Ministerio Fiscal, entre ellos Carretero y su pareja, Elisa Calvente, así como José Luis López 'el Turronero'.

HECHOS PROBADOS

La Audiencia considera probado que Carretero ideó un plan para beneficiarse económicamente de forma ilícita, mediante la obtención fraudulenta de pensiones de incapacidad laboral o invalidez del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para personas a las que previamente captaba y a las que pedía a cambio determinadas cantidades de dinero. Para ello se puso de acuerdo con Casto, inspector médico de la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades de la Junta de Andalucía, adscrito a la Delegación Provincial de Salud de Cádiz.

En ejecución de dicho plan, Carretero se encargaba de contactar con personas, que en numerosos casos no reunían los requisitos legalmente exigidos, a los que proponía la obtención segura de una pensión a cambio, normalmente, del pago de grandes sumas de dinero por gestionar la tramitación de los expedientes.

En ellos Casto emitía, como inspector médico, informes en que "falseando la situación real de los interesados con exageración de sus diagnósticos, o basándose en informes médicos que sabía falsos por haber instado su confección a terceros acusados que los emitían sin exploración alguna del interesado, consignaba un estado de salud con padecimientos que conllevaban la propuesta de reconocimiento de algún tipo de incapacidad laboral".

Señala que Casto y Carretero llevaron a cabo el plan descrito en al menos 16 ocasiones, la primera de ellas en el año 2003 y para beneficio del propio Carretero, que había sido jefe de la Policía Local de Ubrique y que padecía maculopatía con déficit visual. Detalla que se concertó con Casto para obtener reconocimiento de un grado de incapacidad, y por ende una pensión, superior a la que le correspondía.

EL CASO DE CAMPANARIO

La Sala considera probado que 'el Turronero' coincidió con Campanario y su madre en una cena y se ofreció a ponerlas en contacto con su amigo Carretero para que le gestionara la obtención de una pensión, pese a que ésta última "no reunía los requisitos para obtenerla por incapacidad laboral, pues ni siquiera trabajaba ni había cotizado el tiempo necesario", al ser informado de que únicamente tenía reconocida una minusvalía sin derecho a pensión.

Carretero aceptó el encargo, para lo que exigió la entrega de 18.000 euros. Tras estudiar el caso, Casto y Carretero decidieron la conveniencia de dar de alta en la Seguridad Social a Remedios Torres, haciéndole Carretero un contrato ficticio en dos de sus empresas, sin que conste que este extremo fuera consultado con las acusadas.

Así, dio de alta a Remedios Torres como limpiadora en dos empresas, aunque no desempeñó trabajo alguno en las mismas. Este extremo terminó siendo participado a Campanario, a quien se le reclamó el importe de los seguros sociales abonados por su madre, a lo que ella se negó.

Horas más tarde manifestó telefónicamente su enfado a 'el Turronero', a quien inicialmente pidió que todo se parara y se le devolviera su dinero, si bien "terminó aceptando la situación y dando su conformidad con que las gestiones para la consecución de la incapacidad laboral de su madre continuaran".

Carretero y Casto consiguieron que un médico confeccionase un informe simulado de que había atendido a Remedios de una torcedura de tobillo y posterior caída en una calle de El Puerto de Santa María, episodio que no tuvo lugar. Días más tarde fue diagnosticada de un esguince cervical, documentación con la que otro de los condenados extendió un parte de baja laboral "sin haberla visto" y varios de confirmación. Dichos partes fueron enviados a Casto, a quien le correspondía el expediente una vez que se hizo constar como domicilio de Torres una casa ubicada en la capital gaditana, propiedad del padre de Carretero.

Tras recibir los informes falsos, Casto confeccionó un informe propuesta de alta por una incapacidad que no se correspondía con la realidad. Fue citada para ser reconocida por médico evaluadora, cita a la que acudió tras pasar por el despacho de Casto y que éste la instruyera sobre lo que tenía que decir para obtener el informe favorable. Así, corroboró a la doctora que había tenido una caída en la calle al torcerse un tobillo en un tiempo en el que trabajaba como limpiadora, datos que "sabía que eran falsos".

La médico estimó necesario someterla a una prueba como paso previo a su informe. Carretero y Casto acordaron que la pasara en su lugar la madre de la compañera sentimental de Carretero --condenada esta última a un año y dos meses de cárcel como cómplice de un delito de falsedad en documento oficial y un delito de estafa en grado de tentativa--. No ha quedado acreditado que de tal estratagema se hubiera puesto al corriente a Campanario y a su madre. Tampoco que la madre de Calvente conociera que la prueba a la que fue llevada por su hija era haciéndose pasar por otra persona.

La sentencia detalla que tras el inicio de las presentes diligencias por el INSS se ha denegado a Remedios Torres el reconocimiento de cualquier incapacidad, no llegando a percibir prestación económica alguna.

También significa que diez de los acusados, entre ellos Carretero, han abonado la cantidad en que la Tesorería de la Seguridad Social resultó perjudicada, habiéndose ingresado en la cuenta bancaria de este organismo antes del inicio de las sesiones del juicio oral. Asimismo, y tras la revisión de los correspondientes expedientes, se ha evitado que se continuaran percibiendo el importe de pensiones evitándose un perjuicio de mayor entidad.

Así las cosas, la Audiencia ha condenado a 18 de los acusados a penas que van desde los dos meses y 20 días de prisión a los nueve años y medio a los que ha sido condenado Casto. Por contra, ocho acusados han sido absueltos. Finalmente, señala que la presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer un recurso de casación en el plazo de diez días desde la última notificación.