El TSJA absuelve a un hombre condenado por matar a otro y robarle el dinero para comprar droga

Europa Press Andalucía
Actualizado: martes, 1 junio 2010 19:30

MÁLAGA 1 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado la sentencia dictada por la Audiencia de Málaga, tras el veredicto del jurado, en la que se condenó a un hombre a 12 años de prisión por matar a otro en un descampado de la capital malagueña y robarle el dinero para comprar droga, por lo que absuelve al condenado.

El alto Tribunal andaluz estima íntegramente el recurso presentado por la defensa del acusado y concluye que, con independencia del grado de convicción "subjetiva" del jurado y de la propia Sala, "la instrucción y la prueba practicada en el juicio no suministraron elementos de convicción objetiva suficientes para destruir la presunción de inocencia".

La Audiencia de Málaga consideró probado que el acusado dio en marzo de 2008 dos puñaladas a la víctima tras abordarlo en un descampado de la capital donde se reunían toxicómanos y estimó que tras apuñalarlo, cogió el dinero que llevaba el hombre, quien había ingerido una importante cantidad de alcohol, por lo que "estaba ebrio y no tuvo opción de defenderse".

El TSJA señala que es probable que la víctima y el acusado se encontrasen, aunque no está probado con prueba directa, sino que sólo está constatado que "el acusado salió del derribo minutos antes de que un testigo llegase diciendo que había una persona tirada en el suelo". Además, considera que no puede partirse de la premisa de que en ese tiempo y en ese lugar no hubiesen estado otras personas.

De hecho, la sentencia añade que al menos estuvieron otras tres personas, que declararon como testigos en esta causa, al ser un lugar "abierto y transitado", concluyendo que "simplemente" el acusado salió y la víctima apareció muerta poco después. Además, se asegura que el móvil del robo "no es sino otra presunción", al señalar que es algo que "no puede ser tratado como indicio".

"En cumplimiento del mandato constitucional, es preferible dejar impune el delito que castigar penalmente al meramente sospechoso", manifiesta el alto Tribunal andaluz, que insiste en que el juicio oral "no avanzó hasta completar la prueba indiciaria completa y suficiente", pues indica que se permite en este caso "un amplio abanico de conclusiones alternativas".

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