El exconsejero de Empleo Antonio Fernández
EUROPA PRESS
Publicado: jueves, 1 febrero 2018 16:14

SEVILLA, 1 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada ha interpuesto un recurso contra el auto del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que instruye el caso de los expedientes de regulación irregulares (ERE) presuntamente fraudulentos, por el que excluía de la pieza separada que investiga las ayudas sociolaborales a los empleados de las empresas de la Faja Pirítica a seis ex altos cargos de la Junta, una decisión que, a criterio del Ministerio Fiscal, "no es conforme a derecho".

Cabe recordar que la Fiscalía interpuso recurso de reforma contra el auto de la juez instructora, María Núñez Bolaños, de 26 de junio de 2017, por el que se realizaba "una inicial delimitación subjetiva y objetiva del objeto de investigación correspondiente al presente procedimiento", al entender los fiscales que tal delimitación "no se correspondía con los elementos objetivos que se derivaban del contenido de las actuaciones, incluido el testimonio de las diligencias previas 174/11, causa matriz de la que las presentes son pieza separada para la investigación de los hechos concernientes a la concesión y pago de las ayudas concedidas al entrono de la Faja Pirítica".

Dicho recurso, resuelto el pasado 10 de enero de 2018, es "desestimado casi en su integridad", atendiendo únicamente dos de las peticiones, que se dirigiera el procedimiento como investigados contra una serie de personas que habían sido incluidas de manera ilícita como beneficiarios de la póliza relativa a la Bolsa de Tharsis; y que, en cuanto a los hechos imputados al dueño de Uniter José González Mata, se excluyeran todos aquellos relativos al cobro y pago de 'sobrecomisiones', pues ello era objeto de investigación en otras diligencias.

Ahora, el Ministerio Fiscal se alza en apelación contra el auto de 10 de enero por entender que "no es conforme a derecho al no recoger éste, ni el de 26 de junio de 2017, la totalidad de los hechos y de personas presuntamente responsables de los mismos que deben ser objeto de investigación en este procedimiento, según lo que resulta del contenido de las actuaciones".

En el recurso de apelación, al que ha tenido acceso Europa Press, la Fiscalía recuerda que el auto de 26 de junio, en cuanto a los hechos investigados, "se limitaba a hacer una transcripción parcial del contenido del atestado 2014/100439/000127, de 19 de marzo de 2015, instruido por la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Comandancia de la Guardia Civil de Huelva".

En este sentido, añade que el auto recogía, "a modo de síntesis", que "la investigación ha puesto de manifiesto tres grupos de hechos que podrían tener relevancia penal, la inclusión en dichas pólizas de personas que nunca habían trabajado en las minas; la asignación de coeficientes reductores falseados para el cálculo de la 'edad química' de los trabajadores sujetos a los ERE por lo que se habría incrementado el número de beneficiarios de las pólizas; y el papel jugado en la contratación de las pólizas de prejubilación por la asociación constituida a estos efectos por los extrabajadores afectados a través de sus representantes sindicales y en cuyo funcionamiento habrían ostentado una posición de especial influencia Estudio Jurídico Villasís y Uniter. Las irregularidades alcanzarían también al destino de las cantidades que el Fogasa debía abonar a los beneficiarios, que deberían haber sido destinadas al pago de parte de la prima de dichas pólizas y que, sin embargo, se destinaron afines distintos".

Entre los investigados en esta pieza separada, según el auto de 26 de junio, se encontraban la ex secretaria general de Empleo y la ex directora general de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el Gobierno de José María Aznar, Carmen de Miguel García y Soledad Córdova Garrido, respectivamente. Además de los exconsejeros de Empleo José Antonio Viera y Antonio Fernández; el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá; los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero, Daniel Alberto Rivera y Juan Márquez; y los ex secretarios generales de UGT-A Manuel Pastrana y de CCOO-A Francisco Carbonero, entre otros.

Para la relación de imputados, según la Fiscalía, la juez "se limitó a hacer otra transcripción parcial, en este caso del atestado 2015/100439/000148, de 24 de noviembre de 2015, de la misma unidad policial, que es ampliatorio del citado más arriba".

El Ministerio Fiscal, en su recurso de reforma, consideraba "necesario un mayor desarrollo y concreción de los hechos objetos de imputación". La juez, ahora, desestima tal petición, argumentando que "el auto recoge de forma minuciosa los hechos objeto de investigación siguiendo los relatos contenidos en los atestados de la Guardia Civil, hechos sobre los cuales versa la investigación y ello sin perjuicio de la valoración de los mismos que realiza la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) en su informe".

LA JUEZ VA "MÁS ALLÁ DE LO PEDIDO"

En cuanto a la concreción de las personas presuntamente responsables de los mismos, la juez en el auto de 10 de enero acuerda, "yendo más allá de lo pedido", la exclusión del procedimiento en calidad de investigados de José Antonio Viera, Antonio Fernández, Francisco Javier Guerrero, Daniel Rivera y Juan Márquez. Agustín Barberá fue excluido en un auto anterior.

Como fundamento de la exclusión de estos investigados, Núñez cita diferentes resoluciones de la Sección Séptima de la Audiencia al resolver recursos de apelación planteadas sobre la misma cuestión en diferentes piezas separadas. Para la Fiscalía, dicha decisión "no es conforme a derecho", pues el objeto de este procedimiento --concesión y pago de ayudas sociolaborales y a empresas en crisis de manera absolutamente ilícita-- "no está incluido dentro del objeto del procedimiento abreviado 133/16 --procedimiento específico--, que no es sino la ideación, mantenimiento y financiación del sistema".

Además, en el caso de Daniel Rivera "no es aplicable la doctrina de la exclusión del procedimiento por identidad de los hechos con los del procedimiento abreviado 133/16, ya que, el mismo fue apartado de este ultimo por la Audiencia".

Según la Fiscalía, del contenido de los dos atestados ya citados y del informe pericial de la IGAE se deduce de una manera "evidente" que el objeto de las presentes "no puede limitarse únicamente a la investigación de la posible inclusión de 'intrusos' en las pólizas, a la asignación de coeficientes reductores falsos para permitir la prejubilación de ciertas personas que no podían acceder a la prejubilación y a la contratación de pólizas por los sindicatos con una posición de especial influencia de Estudios Jurídicos Villasís y Uniter".

En este sentido y según el contenido de los atestados y del informe elaborado por los peritos de la IGAE, resulta que el objeto de investigación de las presentes debe venir constituido por todo lo relativo al proceso de concesión y pago de todas las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis, pues "se llevó a cabo con el más absoluto desprecio por el procedimiento legalmente establecido y permitió disponer de la manera más absolutamente arbitraria de una cantidad importante de fondos públicos --en el informe de la IGAE se cuantifica en torno a los 135 millones de euros--".

"PORCIÓN MUY PEQUEÑA"

Por tanto, según la Fiscalía, reducir el ámbito de investigación de los hechos a los tres aspectos reseñados en el auto recurrido es reducir el objeto de investigación "a una porción muy pequeña de lo que debería ser el mismo" y ve "necesario" que se indiquen qué personas participaron en la comisión de los mismos y qué hechos se imputan a cada uno de los investigados.

Por todo lo anterior, la Fiscalía solicita a la juez instructora dictar nueva resolución por la que se contenga "una delimitación objetiva y subjetiva del objeto de investigación que sea conforme con el contenido de lo actuado".

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