La JEC recuerda a RTVE su deber de "neutralidad" tras una queja del PP por un rótulo "ofensivo" contra Moreno

Archivo - Inmediaciones de la sede de RTVE con Torrespaña, conocida popularmente como `El Pirulí'. (Foto de archivo).
Archivo - Inmediaciones de la sede de RTVE con Torrespaña, conocida popularmente como `El Pirulí'. (Foto de archivo). - Ricardo Rubio - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: viernes, 17 abril 2026 11:16

MADRID/SEVILLA 17 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) ha recordado a la Corporación RTVE que "durante el periodo electoral debe extremarse el respeto a la neutralidad informativa" que exigen la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) y la jurisprudencia, al hilo de una queja presentada por el PP por la difusión de un rótulo durante la emisión del programa 'La Hora de la 1' de Televisión Española que los 'populares' consideraron "ofensivo" contra el presidente del PP-A y candidato a la reelección para presidir la Junta, Juanma Moreno.

En concreto, el PP presentó una reclamación ante la JEC contra la Corporación RTVE el pasado 26 de marzo porque, según relataba el representante de dicha formación, durante la emisión del citado programa de 'La Hora de la 1' de TVE del 25 de marzo, se mostró un rótulo en el que se podía leer "Moreno Bonilla ha perdido la mayoría absoluta. Hace cuatro años tuvo una flor en el culo".

Dicho rótulo, según explicaba el representante del PP y se recoge en un acuerdo de la JEC consultado por Europa Press, no guardaba "relación alguna" con la comparecencia del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, que se estaba emitiendo en ese momento y que se estaba llevando a cabo en la tribuna del Congreso de los Diputados para "informar sobre la posición del Gobierno de España ante la guerra en Oriente Próximo, así como de la última reunión del Consejo Europeo".

De esta manera, el PP consideraba que dicha actuación del programa de Televisión Española era "contraria a la neutralidad informativa exigida por el artículo 66" de la Loreg, por lo que solicitó a la Junta Electoral Central que TVE rectificara "en el mismo programa en el primer Telediario" que se emitiera "para darle la máxima difusión por la incidencia" que hubiera "podido tener entre los electores andaluces", y que abriera un "expediente sancionador contra TVE por transgredir el principio de neutralidad informativa".

RTVE presentó alegaciones a esa denuncia del PP en las que señalaba que, habiendo realizado "las comprobaciones internas oportunas", se había constatado que "la aparición del referido rótulo obedeció a un error material, puntual y no deliberado, consistente en la permanencia de un rótulo procedente de una emisión anterior, ajeno a la pieza que se estaba ofreciendo en ese momento", por lo que la cadena pública consideraba que "no existió una decisión editorial consciente ni una toma de posición respecto de ningún candidato o formación política".

Además, desde Radio Televisión Española aclararon a la JEC que, "con la finalidad de reparar adecuadamente lo sucedido", iban a proceder a "rectificar lo ocurrido en el programa 'La Hora de La 1'" del 7 de abril, "dando así una respuesta suficiente, proporcionada e idónea a la incidencia producida".

UN "ERROR INVOLUNTARIO"

En una resolución acordada este pasado jueves, 16 de abril, la Junta Electoral Central ha considerado que en este caso "se ha producido la rectificación solicitada por el reclamante" --el PP--, así como aclara que "el error proviene del arrastre involuntario de un rótulo que subtitulaba unas declaraciones" del coordinador general de Izquierda Unida (IU) y candidato a la Junta por la coalición 'Por Andalucía', Antonio Maíllo, que "formaba parte de una entrevista emitida el día anterior".

La Junta Electoral Central considera que "se han dado explicaciones suficientes sobre el origen del error", por lo que no procede "la apertura de expediente sancionador contra RTVE", de ahí que haya acordado "el archivo de la denuncia" del PP.

No obstante, el acuerdo de la JEC --que es firme en vía administrativa, aunque puede recurrirse por la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Supremo-- considera necesario recordar "a la Corporación RTVE que durante el periodo electoral debe extremarse el respeto a la neutralidad informativa que exige la Loreg y la jurisprudencia, y que esta neutralidad informativa debe observarse también durante la emisión de la rectificación de sus errores".

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado

Es Andalucía
Cabecera Andalucía
Cabecera Andalucía