El Parlamento andaluz regula nuevas subvenciones para proyectos de solidaridad y cooperación internacional

Reunión de la Diputación Permanente del Parlamento andaluz. (Foto de archivo).
Reunión de la Diputación Permanente del Parlamento andaluz. (Foto de archivo). - JOAQUÍN CORCHERO/PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
Europa Press Andalucía
Publicado: sábado, 11 abril 2026 10:10

SEVILLA 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Parlamento andaluz ha aprobado las bases por las que se regula la convocatoria de este año 2026 para la concesión de subvenciones a proyectos de solidaridad y cooperación internacional para el desarrollo.

Las bases han quedado recogidas en un acuerdo de la Mesa de la Diputación Permanente del pasado 26 de marzo, consultado por Europa Press tras su publicación esta semana en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA), en el que se recuerda que tanto esta institución como el Defensor del Pueblo Andaluz vienen destinando "desde hace años el 0,7% de su presupuesto a subvenciones a proyectos de cooperación internacional al desarrollo".

Además, la Cámara de Cuentas de Andalucía "también participa en este esfuerzo solidario con dotación presupuestaria destinada igualmente a apoyar iniciativas de cooperación internacional", abunda el mismo acuerdo.

En la convocatoria de este año 2026, el Parlamento, el Defensor del Pueblo Andaluz y la Cámara de Cuentas de Andalucía consideran "prioritarios" los proyectos dirigidos a la mujer, a la atención a la infancia y los que se desarrollen en el ámbito de la salud, "especialmente a asistencia sanitaria y salud mental", y han destinado para este ejercicio un importe total de 501.997 euros a proyectos de solidaridad y cooperación internacional para el desarrollo.

Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones las organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 17 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, y que se encuentren inscritas en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional para el Desarrollo en Andalucía, creado por el artículo 19 de la citada ley.

En cambio, "no podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las subvenciones las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 116 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo".

"Tampoco podrán obtener la condición de entidad beneficiaria" las entidades "incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación".

Las entidades beneficiarias de estas ayudas estarán "obligadas" a "ejecutar el proyecto que fundamenta la concesión de la subvención" y "en el plazo fijado en él", así como "justificar ante el Parlamento de Andalucía el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización del proyecto que determine la concesión de la subvención".

También tendrán que "someterse a las actuaciones de comprobación y control que determine el Parlamento de Andalucía; hacer constar en toda información o publicidad que se realice del proyecto subvencionado que el mismo está subvencionado por el Parlamento de Andalucía, el Defensor del Pueblo Andaluz y por la Cámara de Cuentas de Andalucía", y comunicar al Parlamento "la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de otras administraciones o personas, públicas o privadas, nacionales o internacionales, así como cualquier eventualidad que se produzca en el desarrollo del proyecto".

PLAZOS DE EJECUCIÓN

Los proyectos de solidaridad y cooperación internacional para el desarrollo deberán ejecutarse "en un período máximo de 24 meses desde la fecha de inicio de la ejecución del proyecto, que se reducirá a la mitad cuando su presupuesto sea inferior a 10.000 euros".

El acuerdo del Parlamento también precisa que solo podrán subvencionarse "proyectos cuya ejecución se inicie dentro del período comprendido entre la fecha de presentación de la solicitud de subvención y los tres meses siguientes a la fecha de abono de la subvención concedida", es decir, "el día en que el Parlamento de Andalucía ordene la transferencia bancaria a la entidad beneficiaria".

Las bases de la convocatoria también precisan que "no se podrá adjudicar a una sola entidad beneficiaria más del 15 por ciento del presupuesto total asignado a las subvenciones", y "el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas concedidas, supere el coste del proyecto subvencionado".

Para proyectos de presupuesto superior a 30.000 euros "deberá existir cofinanciación al menos en un cinco por ciento del coste de la actividad, bien de la propia entidad solicitante, individualmente, o en colaboración con la contraparte del país donde se pretenda llevar a cabo la intervención, en su caso; o bien a través de subvenciones o ayudas de otras entidades, públicas o privadas, que coadyuven a la viabilidad del proyecto".

Asimismo, las subvenciones irán destinadas a "sufragar, total o parcialmente, los gastos que se ocasionen para la realización y ejecución de los proyectos", y éstos podrán ser "directos e indirectos".

Las solicitudes para estas subvenciones, junto con su documentación anexa, serán "estudiadas y evaluadas" por una comisión integrada por cinco funcionarios, de los que uno actuará como presidente y otro como secretario, designados por el letrado mayor del Parlamento, al que elevará una propuesta técnica con una evaluación en la que se valorarán criterios de viabilidad, pertinencia, coherencia, impacto y trayectoria de la entidad solicitante.

Contador

Últimas noticias sobre estos temas

Contenido patrocinado