Las agencias tributarias estatal y andaluza constituyen el Consejo Territorial donde aumentará la coordinación

Actualizado: martes, 30 marzo 2010 14:27

SEVILLA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Delegación Especial de la Agencia Tributaria estatal en Andalucía, Ceuta y Melilla y la Agencia Tributaria Andaluza constituyeron la semana pasada formalmente el Consejo Territorial para la Gestión Tributaria, donde está presentes miembros de ambos organismos y donde se establecieron compromisos de llevar a cabo actuaciones conjuntas y conseguir una mayor coordinación en el control tributario "en aras de una mayor eficacia".

Según indicó en una entrevista con Europa Press la delegada especial en la zona, Pilar Fernández Marín, este consejo se constituyó formalmente esta pasada semana y está formado por ocho miembros, cuatro de la Agencia estatal y cuatro de la andaluza, siendo la presidenta la propia Fernández Marín, aunque también está presente la directora de la Agencia andaluza Victoria Pazos.

Fernández Marín precisó que a este organismo de coordinación, que se reunirá con periodicidad trimestral, podrán asistir además, con voz pero sin voto, personas que consideren especializadas en algún tema en concreto en el que pretendan profundizar.

La delegada estatal explicó que en el seno de este encuentro "nos hemos establecido compromisos por ambas partes, en el sentido de llevar a cabo actuaciones conjuntas de mayor coordinación de aquellos impuestos que nos afecten", de forma que, sobre una serie de indicaciones previstas en las normas del Plan de Control, se establecen una serie de actuaciones "concretas y puntuales" en las que se trabajará de forma coordinada.

Así, Fernández Marín puso de ejemplo el Impuesto de Patrimonio, donde ambas administraciones podrán llevar a cabo actuaciones conjuntas, así como determinadas actividades y operaciones "concretas".

La delegada estatal asimismo destacó el hecho de que "aunque ya existía una gran coordinación" e "importante colaboración" entre Junta y Estado en áreas como, por ejemplo, la campaña de Renta, también en materia de control se van a llevar a cabo actuaciones conjuntas "y vamos a empezar a colaborar más estrechamente de lo que ya venimos haciendo, pues además ya existe una agencia tributaria andaluza desde el 1 de enero de 2010".

Fernández Marín quiso dejar claro que la Ley de Financiación de las Comunidades Autónomas "delimita claramente cuales son las competencias de cada uno, de forma que la Junta tiene las competencias sobre sus propios tributos, el Estado los suyos y existen competencias compartidas sobre algunos tributos, desde la perspectiva legislativa o de gestión del impuesto".

"La Ley delimita claramente cuáles son las competencias, también nos dice que ambas administraciones tenemos la obligación de aplicar un sistema tributario y aduanero pero también nos marca que debemos integrar actuaciones de control para trabajar conjuntamente y así podamos obtener mejores resultados de control tributario", destacó.

LO QUE MARCA LA LEY

La Ley 22/2009 por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de Régimen Común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, contempla la creación de los Consejos Territoriales para la Dirección y Coordinación de la Gestión Tributaria como órganos colegiados integrados por representantes de la Administración Tributaria del Estado y de la comunidad autónoma o ciudad con Estatuto de Autonomía de que se trate, a los que corresponde coordinar la gestión de los tributos cedidos en su respectivo ámbito territorial.

Entre otras muchas funciones, dicho consejo territorial contempla "presentar propuestas para la adopción de acuerdos por el Consejo Territorial, proponer la realización de estudios por éste y promover la constitución de grupos de trabajo; participar en la redacción de informes relativos a las actuaciones de colaboración desarrolladas por los órganos de gestión, inspección y recaudación de las administraciones tributarias estatal y autonómica".

Asimismo, el pleno de los Consejos Territoriales podrá acordar la constitución de grupos de trabajo, integradas por representantes de ambas administraciones, para el estudio y coordinación de actuaciones concretas en materia tributaria, de carácter temporal o permanente. A los mismos podrán asistir, cuando se estime conveniente por razón de los asuntos a tratar, otros funcionarios o personas expertas, con voz pero sin voto, designados por el titular de la Presidencia del Consejo a propuesta de cualquiera de sus miembros.

Además, esta ley recoge la necesidad de fomentar y desarrollar los intercambios de información entre las administraciones tributarias autonómicas y la estatal, así como la necesidad de fijar una planificación coordinada de las actuaciones desarrolladas por las distintas administraciones sobre los tributos cedidos.

A su vez, el Plan de Prevención del Fraude Fiscal, en la línea de fortalecer esa colaboración, se refiere al Censo Único Compartido, como una base de datos construida con la información censal obtenida por las administraciones tributarias autonómicas y estatal.