El exconsejero Ángel Ojeda tras su declaración judicial
EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 5 julio 2016 17:54

SEVILLA, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional retomará esta semana el análisis de la documentación intervenida en el mes de agosto de 2014, hace ya casi dos años, al exconsejero de Hacienda de la Junta de Andalucía Ángel Ojeda dentro de su investigación en torno a las irregularidades en los cursos de formación.

En una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la juez María Núñez Bolaños atiende la petición realizada por la UDEF y ordena que este miércoles se lleve a cabo el desprecinto y clonado de la información de los soportes informáticos con el material intervenido en los diferentes registros realizados en agosto de 2014, cuando el exconsejero fue detenido en el marco de esta investigación.

Asimismo, y en relación con el soporte papel intervenido en la sede de Prescal, que se encuentra bajo custodia policial, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla acuerda que su desprecinto por parte de los agentes se realice en sede judicial "en el mismo acto y de manera simultánea al anterior".

En un oficio fechado el 6 de junio, consultado por Europa Press, la UDEF pidió a la juez realizar a partir del día 5 de julio --es decir, a partir de hoy-- el desprecintado y clonado de todo el material en soporte informático intervenido en los registros "debido a la especialidad de los medios técnicos a trasladar y los funcionarios especializados que se desplazarían" a Sevilla para realizar dicha actividad.

Cabe recordar que Ojeda fue detenido el día 4 de agosto de 2014 en la localidad gaditana de Sanlúcar de Barrameda, tras lo que la Policía efectuó pocos días después varios registros, uno de ellos en la sede de Prescal, incautándose de diferentes efectos informáticos y documentación relacionada con la presunta comisión de delitos continuados de fraude en la obtención de subvenciones y falsedad documental.

LOS HECHOS

Todas estas actuaciones se enmarcan en la pieza separada del entramado empresarial vinculado al exconsejero, que declaró como investigado el pasado 24 de mayo ante la juez y lamentó que la formación "ha sido la ruina" de su grupo de empresas, asegurando que la Administración autonómica "le puede deber" a sus empresas unos cinco millones de euros, a lo que hay que sumar "los expedientes de reintegro que están saliendo ahora".

La juez investiga al exconsejero por delitos de falsedad documental y fraude de subvenciones en relación a la actividad desarrollada por empresas del Grupo Prescal, que habría recibido con cargo al programa 32D dentro del dispositivo de Delphi por parte de la Consejería de Empleo 33,3 millones de euros en concepto de subvenciones excepcionales a la formación y a la contratación "a través de las asociaciones controladas por él, denominadas AEA, Humanitas, Innova, Inteca y Natura, otorgadas el 10 de agosto de 2009 y 3 de diciembre de 2010".

Núñez considera que existen indicios de que "buena parte de los fondos percibidos para la realización de cursos en el entramado de sociedades y asociaciones vinculadas" al exconsejero, "en lugar de destinarlos a la realización de cursos para capacitarlos en orden a una posterior contratación, se simulaban contratos de trabajo con los antiguos empleados de Delphi, existiendo además una contratación irregular, no con terceros, sino con empresas del propio grupo, subcontratación irregular que se habría realizado con la finalidad de desviar los fondos a otras empresas dificultando su seguimiento".

La providencia de la juez, por cierto, se conoce un día después de que la Audiencia Provincial de Sevilla volviera a avalar la decisión de la juez Mercedes Alaya de apartar a la UDEF de la investigación en torno a las irregularidades en los cursos de formación, ratificando así el auto en el que acordó librar oficio al director general de la Policía, Ignacio Cosidó, para que "cesen de inmediato las actuaciones y se haga entrega a este Juzgado de las actuaciones practicadas relativas a las presentes actuaciones".

LA AUDIENCIA AVALA A ALAYA

En un auto, la Sección Primera de la Audiencia rechaza así el recurso de la Junta, que entendía que existen diligencias abiertas en otros juzgados andaluces en materia de acciones formativas y consideraba que la investigación de la juez "tiene un carácter omnicomprensivo en relación con las acciones formativas, alegando que no se fija en dicha investigación criterios delimitadores que permitan fijar adecuadamente el concreto objeto de la investigación".

A juicio de la Junta, la juez Alaya habría asumido "de forma indirecta e impropia competencias que no le son propias", ya que la Brigada Central de la UDEF realizaba una investigación en el marco de la llamada operación 'Edu' que gira en torno a subvenciones dadas por las direcciones provinciales del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) en materia de acciones formativas, investigación delimitada provincialmente y que estaba siendo abordada por distintos juzgados andaluces.

La Audiencia considera que, en el auto recurrido, la juez Alaya "se limitó a suplir las negativas consecuencias derivadas de la doble intervención de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil y de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, ante la aparente ausencia de criterios previos de coordinación puestos de manifiesto por la UCO con el fin de evitar la dispersión del resultado de la investigación y la documentación en el marco de las diligencias previas que investigaba con los límites establecidos en el oficio remitido, reclamando la entrega inmediata de lo actuado que guarde relación con las presentes actuaciones y que no estén judicializadas".

De este modo, añade que, en la resolución impugnada, la magistrada reclamaba las actuaciones que "en el momento de acordar el cese de la investigación no corresponda su conocimiento a otro órgano judicial", y esta decisión, dada la aparente complejidad de la causa y el carácter dinámico de la investigación, no permite a la Sala 'prima facie' atisbar "la posible situación de efectiva indefensión" que el letrado de la Junta de Andalucía invoca al amparo del artículo 240.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

"DISPERSIÓN DE ACTUACIONES"

La Audiencia estima que, en su auto, Alaya "se limita, ejerciendo las facultades que le corresponden, a ordenar una determinada actuación con el único fin de evitar los resultados adversos de la dispersión de actuaciones en el marco de una investigación incipiente que por hallarse en una fase embrionaria carecía de un esquema procesal definido y determinado", por lo que "no parece descartable que pudiera producir sus efectos en diferentes localidades y provincias, y no obstante esta eventual circunstancia 'per se' no es acreedora de la sanción de nulidad que el artículo 238 de la Ley Orgánica del Poder Judicial reserva para otros supuestos".

De igual modo, rechaza que Alaya llevara a cabo una investigación "prospectiva", ya que el cese de las actuaciones ordenado a la Policía "se refería exclusivamente" a las diligencias del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla y "no a las que ya fueran competencia de cualquier otro juzgado, y fue acordado en un momento incipiente" de la investigación, por lo que "no consta acreditada una situación de indefensión material real y efectiva determinante de una nulidad".