Salud presentará el próximo 10 de noviembre su Plan de Genética, que contempla la creación de servicios de genética

Actualizado: lunes, 23 octubre 2006 18:56

SEVILLA, 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Salud presentará el próximo 10 de noviembre su Plan Andaluz de Genética, el cual prevé la creación de servicios hospitalarios de genética que serán los encargados de realizar este tipo de análisis, según avanzó hoy a Europa Press el director general de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento de la Consejería del ramo, Antonio Torres.

Torres, quien hoy informó del desarrollo de los grupos de trabajo con la Federación Española de Enfermedades Raras (Feder) para la creación de un plan específico contra las enfermedades raras en la comunidad, avanzó sobre dicho Plan de Genética que su base jurídica pivotará en la futura de ley que regulará la realización de análisis genéticos y bancos de ADN en Andalucía.

En cuanto a los hospitales públicos andaluces que serán los encargados de acoger estos nuevas unidades de genética, así como los pormenores del citado Plan de Genética, Torres declinó hacer más valoraciones sobre los mismos hasta el próximo 10 de noviembre.

Con todo, estos nuevos dispositivos deberán de acogerse a la futura ley que regulará la realización de análisis genéticos, una norma que actualmente se encuentra en su fase de anteproyecto, pero que contempla en su apartado de régimen sancionador multas superiores a los 150.000 euros por infracciones sanitarias graves, entre ellas, el uso de muestras biológicas con fines que no atiendan a un interés biomédico para la cura de enfermedades, el incumplimiento de la gratuidad en la donación de las muestras biológicas o el uso de las mismas sin el pertinente consentimiento de la persona.

Según el articulado de la futura norma, al que ha tenido acceso Europa Press, esta futura de Ley de genética recoge también la obligatoriedad del profesional sanitario responsable de la práctica genética a comunicar a la persona la finalidad y objetivo de dicho análisis, con carácter previo al consentimiento informado de la persona.

Igualmente, este profesional tendrá la obligación de especificar la utilización y destino de la muestra extraída, así como del resto de la misma. Además, identificará, en su caso, el banco de ADN en el que quedará almacenada la muestra.

En cuanto al capítulo de conservación de las muestras, el articulado de la futura ley sostiene que estas muestras deberán ser conservadas un mínimo de cinco años, contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.

Respecto a la cesión de los datos genéticos de carácter personal, éstos solo se podrán ceder para fines diagnósticos, terapéuticos y preventivos y si el titular de los mismos o su representado hubiesen previamente consentido de modo expreso y por escrito dicha cesión.

De igual forma, se garantizará el derecho a la persona titular de la muestra biológica a ser informada de los resultados de los análisis genéticos que se le hayan practicado, al igual que su derecho a que no se le comuniquen, si así lo manifiesta de forma expresa.

Por su parte, la Consejería de Salud será la encargada de velar y garantizar la trazabilidad de las muestras biológicas --esto es, el seguimiento de la muestra desde que se recibe hasta su estado final--, siempre respetando la confidencialidad de los datos genéticos.