La FEBT ve positivo que el Gobierno exima a los transportistas profesionales de la subida del impuesto al gasóleo

La patronal considera que la medida aportará "estabilidad" al sector, siempre que no suba el precio del combustible.

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: jueves, 12 octubre 2006 12:38

PALMA DE MALLORCA, 12 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Federación Balear del Transporte (FEBT) consideró positivo que el Gobierno exima a los transportistas profesionales del pago de la subida del impuesto sobre el gasóleo, que ascenderá a casi un 0,1 euro por litro a partir de enero de 2007, así como que la medida aportará mayor estabilidad al sector, siempre que no se encarezca el precio del combustible.

Concretamente, según el presidente de la patronal, Salvador Servera, para el sector es una noticia "esperada y ya pactada, que valoramos de manera positiva", debido a que el gasto en combustible supone entre un 20 y un 30 por ciento de la cuenta de gastos para las empresas del sector.

Con esta fórmula, el Ejecutivo articulará un gasóleo profesional bonificado para los transportistas profesionales. La concreción legal se ultima a través un proyecto de ley que se espera esté listo para comenzar a aplicarlo el próximo año, y que permitirá a las comunidades autónomas devolver a los transportistas el coste que hayan soportado por abonar los impuestos con que algunas de estas administraciones han gravado al carburante para financiar la sanidad, el denominado 'céntimo sanitario'.

En el caso de la subida del impuesto del gasóleo, la bonificación a los profesionales se articulará a través de un sistema de devoluciones que actualmente ultima la Dirección General de Tributos del Ministerio de Economía y Hacienda. Los conductores pagarán el coste total del combustible en las gasolineras pero luego se les reintegrará el importe pagado en exceso por la subida del impuesto, según el Ministerio de Fomento.

Precisamente, la directiva europea que establece este incremento impositivo del gasóleo con el fin de armonizar este gravamen en todos los países de la UE es también la que permite a España eximir del mismo a este colectivo de empresas que cuentan con el carburante como el primer coste de su estructura de gastos de explotación.

En función de los datos de esta patronal, la ley establece que la cuantía máxima a devolver a los transportistas no excederá del importe abonado por 50.000 litros por vehículo y año en el caso de camiones y autobuses, y por 5.000 litros en el caso de los taxis. En cuanto a los beneficiarios, podrán acogerse los camiones tanto de servicio público como privado con una masa máxima autorizada igual o superior a 7,5 toneladas.

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