El Gobierno envía a las Cortes el proyecto de creación de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero

La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
La vicepresidenta primera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros - Eduardo Parra - Europa Press
Actualizado: martes, 22 noviembre 2022 18:12

Esta figura estará financiada por las entidades financieras y tendrá un plazo máximo de 90 días para resolver las reclamaciones

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el proyecto de Ley de la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, cuyo objetivo es el de facilitar y reforzar la protección de los ciudadanos ante las entidades financieras.

La norma será ahora remitida a las Cortes para su tramitación parlamentaria con el objetivo de que entre en vigor el próximo año.

La creación de esta figura permitirá a los clientes de las entidades financieras presentar reclamaciones de forma gratuita en el ámbito bancario, de seguros y de inversión financiera ante un único organismo, pues centralizará los actuales servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Podrán presentar reclamaciones ante la Autoridad las personas físicas o jurídicas que sean clientes de servicios financieros por posibles incumplimientos de normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, así como cláusulas declaradas abusivas por los altos tribunales correspondientes.

Las resoluciones se dictarán de forma ágil, atendiendo a criterios uniformes, en un plazo no superior a 90 días naturales desde que el expediente esté completo, y tendrán carácter vinculante para las entidades financieras cuando las reclamaciones estén relacionadas con la normativa de conducta y protección a la clientela, o con cláusulas abusivas declaradas como tales por los altos tribunales y de una cuantía inferior a 20.000 euros.

En el resto de los casos, cuando las resoluciones no sean vinculantes por ser de una materia no relacionada con las normas de conducta o de cuantía superior a 20.000 euros, éstas tendrán el valor de informe pericial si se deciden aportar en un procedimiento judicial en defensa de sus intereses.

La nueva Autoridad se financiará con el pago por las entidades financieras de una tasa de 250 euros que abonarán por cada reclamación admitida. Se trata de una tasa por actividad y servicios de forma que, además de contribuir a la financiación de la institución, incentivará que las entidades resuelvan las reclamaciones de forma previa.

MULTAS DE HASTA EL 2% DE LA CIFRA DE NEGOCIO

Las entidades deberán aplicar las resoluciones vinculantes de la autoridad en el plazo de 30 días o, de lo contrario, podrán ser sancionadas por el mismo organismo.

Si las entidades incumplen reiteradamente las resoluciones vinculantes, se enfrentarán a multas de hasta el 2% de la cifra de negocio, en el caso de infracción grave, o de hasta el 1% de la cifra de negocio si es infracción leve. El cumplimiento de forma tardía o defectuosa puede dar lugar a la comisión de infracción leve.

SE AMPLÍA EL TIPO DE QUEJAS QUE PODRÁN PRESENTARSE ANTE LA AUTORIDAD

Entre las principales novedades que se han incorporado al proyecto de ley tras someterse a Audiencia Pública destaca la ampliación de las entidades que podrán ser objeto de reclamaciones por parte de los clientes. A las entidades supervisadas, servicios fintech y de criptoactivos se añaden los servicios de préstamos al consumo, con independencia de por quién sean supervisados.

Asimismo, se refuerza el papel de los Códigos de Buenas Prácticas y de autorregulación del sector financiero, asimilándolos a normas de conducta que serán de obligado cumplimiento una vez suscritos, pudiendo ser objeto de reclamación ante esta institución en caso de incumplimiento.

En este sentido, se incluye como obligación para los supervisores financieros la elaboración y actualización de un Compendio Anual de Buenas Prácticas y Usos Financieros que será tenido en cuenta por la Autoridad en la resolución de los conflictos.

Se extiende también el tipo de reclamaciones que se pueden presentar, que podrán tener o no contenido económico, para cubrir reclamaciones, por ejemplo, de falta de información o por la no apertura de una cuenta de pago básica, así como por posibles incumplimientos de la autorregulación del sector financiero.

Cuando la reclamación tenga un contenido económico, en las resoluciones que sean vinculantes se podrá determinar la devolución de importes debidamente cobrados más los intereses de demora. Para las reclamaciones sin contenido económico se establece la posibilidad de la Autoridad pueda reconocer al cliente una compensación, de entre 100 euros y 2.000 euros, en función de la naturaleza, alcance y circunstancias particulares de la reclamación.

Asimismo, se refuerzan los instrumentos para garantizar la inclusión financiera a través de la atención personalizada, particularmente a las personas mayores, con discapacidad y colectivos vulnerables que deseen presentar una reclamación.

Con este objetivo se elaborará un modelo sencillo y accesible para que los ciudadanos detallen sus reclamaciones y que podrán presentar por canales presenciales, telefónicos o telemáticos, ha informado el Ministerio de Asuntos Económicos.

Con el fin de favorecer todas las alternativas posibles para las partes, se incluye expresamente la posibilidad de que puedan someterse voluntariamente, una vez iniciado el procedimiento, a un mecanismo de conciliación o mediación, aun cuando el cliente ya haya iniciado el procedimiento de reclamación ante la Autoridad.

ESTRUCTURA DE LA AUTORIDAD

La Autoridad de Defensa del Cliente Financiero, que estará adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, contará con autonomía e independencia funcional y se financiará, cuando su actividad esté en pleno funcionamiento, a través de tasas recabadas por las reclamaciones admitidas.

Partiendo de la estimación inicial de unas 100.000 reclamaciones anuales, tendrá una plantilla de 250 personas, de las cuales 150 serán vocales que resuelvan reclamaciones y, el resto, otro personal administrativo e informático, según fuentes de Economía. Para garantizar la homogeneidad de criterios en la resolución de las reclamaciones, se prevé la existencia de una cuestión de unificación de criterio que resolverá una sección especial.

A nivel organizativo, la Autoridad contará con un presidente y un vicepresidente que serán nombrados por el Consejo de Ministros por un periodo de seis años no renovable.

La Autoridad contará con un Comité Consultivo, que será un órgano de asesoramiento y estará integrado por el presidente y el vicepresidente de la Autoridad, además de por doce miembros representantes del Consejo de Consumidores y Usuarios, las patronales del ámbito financiero y representantes de las comunidades y ciudades autónomas, así como por dos expertos independientes, del ámbito académico, con conocimientos en materia financiera.

PODRÁ RESOLVER CASOS ANTERIORES QUE NO HAYAN RESUELTO LOS TRIBUNALES

Respecto al corte temporal establecido para que la Autoridad pueda resolver las reclamaciones, fuentes de Economía explicaron que, una vez que la Autoridad se ponga en marcha, los ciudadanos podrán plantear reclamaciones que anteriormente hayan pasado por los servicios de atención al cliente de las entidades.

Las reclamaciones que ya estén planteadas en los tribunales pero que no hayan llegado al juicio, pueden desistirse y luego ser planteadas a la Autoridad, sin corte temporal, mientras que no haya prescrito la posibilidad de ejercitar la acción y que el caso no haya sido resuelto por los tribunales.

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