Economía/Fiscal.- ERC propone una deducción por alquiler de vivienda de 750 euros anuales y en función de la renta

Actualizado: martes, 23 mayo 2006 20:15


MADRID, 23 May. (EUROPA PRESS) -

ERC propone una deducción por alquiler de vivienda habitual del 15% sobre las cantidades satisfechas por dicho alquiler, con un máximo de 750 euros anuales, siempre que el contribuyente no tenga rendimientos netos superiores a los 20.000 euros anuales y que las cantidades satisfechas no excedan del 50% de las ganancias netas del mismo, según una enmienda del grupo al proyecto de Ley de reforma fiscal.

Los independentistas catalanes indican en su enmienda que la reforma del IRPF, que se está tramitando en el Congreso y cuyo plazo de enmiendas parciales concluye hoy, suprime el único incentivo fiscal al alquiler --el régimen transitorio para quienes tuviesen una vivienda alquilada antes del 24 de abril de 1998--, lo que aumenta la "discriminación" respecto al trato fiscal a la compra.

Según ERC, el fomento del alquiler también estimula la movilidad laboral, especialmente en el inicio de la carrera laboral, al tiempo que considera que impulsar el mercado del alquiler ayudaría a reducir el fraude fiscal al aumentar el control sobre los perceptores de alquileres no declarados.

DEDUCCION POR VIVIENDA SEGÚN RENTA.

También en materia de vivienda, el grupo catalán ha presentado otra enmienda para introducir progresividad en la deducción por inversión en vivienda habitual, elevando el porcentaje de dicha deducción hasta el 20% (frente al 15% que contempla el proyecto) para las rentas inferiores a los 20.000 euros como media de los últimos tres años.

Además, propone mantener en el 15% la deducción para rentas de entre 20.001 y 60.000 euros y reducirla al 10% para los contribuyentes con rendimientos superiores a los 60.000 euros, también en ambos casos estableciendo la renta media de los últimos tres años.

ERC argumenta que con estos cambios se pretende introducir una cierta progresividad en la deducción por inversión en vivienda habitual, ya que aproximadamente el 40% de los contribuyentes continuaría aplicándose el 15% que existe actualmente, pero las rentas más bajas podrían disfrutar de un porcentaje de deducción mayor. Sólo el 3% de las rentas más altas, se aplicaría un porcentaje menor (10%).

FAVORECER EL AHORRO A LARGO PLAZO.

En cuanto a la tributación del ahorro, los independentistas catalanes han presentado otra enmienda para establecer una reducción por el ahorro a largo plazo, dado que el proyecto del Gobierno introduce un tipo único del 18% con independencia del tiempo en que se haya generado dicho rendimiento.

La propuesta de ERC contempla una reducción del 10% para los rendimientos netos generados en un periodo superior a los dos años y del 20% para los percibidos en más de cinco años, con el fin de incentivar el ahorro a largo plazo.

Igualmente, ha presentado otras enmiendas que contemplan nuevas deducciones para los autónomos. En concreto, propone una deducción de 3.000 euros anuales para los autónomos que contraten a su primer trabajador, cualquiera que sea la modalidad de contratación y aunque sea un familiar colaborador a efectos de la cotización a la Seguridad Social.

Dentro de la reforma del IRPF, ERC apuesta, igualmente, por elevar al 0,7% el porcentaje que destinan los contribuyentes a la Iglesia o a fines sociales y por ceder la recaudación derivada de este concepto a las comunidades autónomas, a fin de que la partida destinada a temas sociales sea gestionada "directa e íntegramente" por los gobiernos regionales, más cercanos a las necesidades reales de los ciudadanos.

MANTENER LAS DEDUCCIONES EN SOCIEDADES.

En cuanto a la reforma del Impuesto sobre Sociedades, el grupo catalán quiere eliminar las medidas del proyecto del Gobierno que impulsan la eliminación paulatina de las deducciones por I+D+i y las referentes a actividades de exportación y aboga por mantenerlos.

Además, los independentistas quieren un tipo 'superreducido' para las microempresas (facturación menos a 2 millones de euros según la recomendación de la Comisión Europea) para los primeros 60.000 euros de la base imponible, siguiendo la misma estructura de gravamen que la que se aplica a las empresas de dimensión reducida.