Economía/Fiscal.- Hacienda elevará al 19% la tributación de las SOCIMI para equipararla a la de las rentas del ahorro

Actualizado: viernes, 16 octubre 2009 16:38


MADRID, 16 Oct. (EUROPA PRESS) -

El ministerio de Economía y Hacienda prevé incrementar la tributación de las Sociedades Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMI) del 18% al 19%, para equiparar su tratamiento fiscal al de las rentas del ahorro, que sufrirán un incremento similar vía Presupuestos de 2010.

Así lo aseguró el director general de Tributos, Jesús Gascón, durante la clausura del XIX Congreso de Inspectores de Hacienda del Estado, en Valladolid, un día después de que el Congreso de los Diputados diera 'luz verde' a la Ley que regula estas sociedades.

Según lo aprobado ayer, las SOCIMI tributarán a un tipo reducido del 18%, el fijado hasta ahora para las rentas del ahorro, y sus socios estarán exentos del pago de impuestos por los dividendos que reciban.

Dado que, la subida de impuestos anunciada por el Gobierno incluye un incremento de este tipo del 18% al 19% para los primeros 6.000 euros, desde Hacienda se indicó que será preciso, en línea con esa equiparación, incrementar en la misma línea, aunque sea 'a posteriori', la imposición a las SOCIMI.

NO HAY CAMBIOS FISCALES SOBRE EL IVA.

Por otro lado, desde Hacienda no se habló de cambios en el ámbito de otros tributos, como el IVA, que también experimentará subidas. Así, la norma aprobada ayer prevé una rebaja del IVA en los alquileres con opción a compra, del 16% al 7%, y del 7% al 4% en el caso de las viviendas de protección. Además, la rehabilitación se convertirá en una de las actividades de las SOCIMI y se le aplicará un tipo reducido del 7% en lugar del 16% en el IVA que soportan.

También mejora el régimen fiscal de las rentas que obtengan las SOCIMI del arrendamiento de viviendas, para los casos en que éstas supongan como mínimo el 50% de sus activos, dejando exento el 20% de estas rentas. Además, amplía del 15% al 20% el porcentaje de inversión que podrán destinar a actividades accesorias y se reduce del 85% al 80% el porcentaje obligatorio de inversión en inmuebles y activos equivalentes.

Por otro lado, la norma eleva del 60% al 70% el porcentaje de financiación ajena para permitir un mayor grado de endeudamiento a las SOCIMI y permitirá aplicar el régimen fiscal de estas sociedades a entidades que estén realizando las operaciones necesarias para adaptarse a los requisitos exigidos, a condición de que los cumpla en el plazo de dos años. Por último, posibilita la transformación de estas entidades en instituciones de inversión colectiva inmobiliaria y viceversa.