La nueva lista de morosos se reduce a 3.869 deudores y la deuda baja a 14.100 millones

La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, comparece en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario en Moncloa, a 24 de junio de 2021, en Madrid (España). El Consejo de Ministros extraordinario de este jueves ha aproba
La ministra portavoz y de Hacienda, María Jesús Montero, comparece en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros extraordinario en Moncloa, a 24 de junio de 2021, en Madrid (España). El Consejo de Ministros extraordinario de este jueves ha aproba - EUROPA PRESS/M.FERNÁNDEZ. POOL - Europa Press
Publicado: lunes, 28 junio 2021 11:29

MADRID, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

La séptima lista de morosos de la Agencia Tributaria incluye un total de 3.869 deudores de más de un millón de euros con Hacienda a 31 de diciembre de 2020, lo que supone un 1,6% menos respecto a la sexta lista, mientras que el importe global de deudas recogido en el nuevo listado alcanza los 14.100 millones de euros, un 1% menos que en la anterior al caer en unos 100 millones, según fuentes de la Agencia Tributaria.

Respecto a la primera lista de diciembre de 2015, el número total de deudores que aparecen en este nuevo listado es un 20% menor. Así, un total de 2.608 deudores que figuraban en el primer listado ya no figuran en el séptimo, de manera que más del 54% de los deudores del primer listado ya no se encuentran en la situación que motivaría su aparición en el listado de grandes deudores.

A partir de las 13.00 horas de este lunes, la Agencia Tributaria publicará en la página de su sede electrónica el séptimo listado de mayores deudores con la Administración Tributaria.

En el listado se identifica completamente a los contribuyentes, bien sean personas físicas o jurídicas, con su nombre, apellidos, NIF, razón o denominación social completa.

Se incluye el importe conjunto de las deudas y sanciones del contribuyente superiores a un millón de euros, que cumplan las siguientes condiciones: que no hubiesen sido pagadas transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario, que estén pendientes de pago a 31 de diciembre de 2020 y que no estén aplazadas o suspendidas por cualquier motivo legalmente previsto.

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