FACUA denuncia a 7 empresas por vulnerar el reglamento que prohibe la denominación 'bio' en alimentos no biológicos

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: viernes, 3 noviembre 2000 9:37

SEVILLA, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de

Andalucía (FACUA) ha denunciado a siete empresas del sector

alimentario al entender que "inducen a los consumidores a error"

sobre la naturaleza de sus productos 'bio', "incurriendo en

publicidad engañosa y vulnerando el Reglamento Europeo que prohibe la

utilización de este término en productos no fabricados mediante

técnicas de agricultura biológica".

Según informó la Federación en un comunicado, la denuncia se ha

realizado ante la administración competente de las comunidades

autónomas en las que tienen su sede social estas empresas por la

puesta en el mercado, después del 24 de agosto de 2000, de once

productos con denominación "bio".

Se trata del yogur Bio y la leche desnatada Bio-fibra de Central

Lechera Asturiana, de las barritas y batidos Biocentury, de las

galletas Biosán de Industrias Rodríguez, del zumo Biovit Don Simón de

J. García Carrión, de las galletas Bioactivas y Biocalcio de Gullón,

del yogur Biocalcio y yogur líquido Biocalcio de Nestlé y del zumo

Bio-frutas de Pascual.

En opinión de FACUA, "además de contradecir la normativa

comunitaria, estos productos inducen a los consumidores a pensar que

se trata de productos elaborados conforme a las normas de producción

biológica, constituyendo un supuesto de publicidad engañosa y

contraviniendo con ello la Ley General de Publicidad".

En este sentido la Federación andaluza aseguró que, aunque la

utilización de los términos biológico, ecológico o sus prefijos bio y

eco está prohibida para los productos alimenticios que no se atienen

a la producción ecológica, la presencia de productos que utilizan

estas denominaciones "es habitual en los comercios, evocando la

ausencia de productos químicos de síntesis y la utilización de

métodos de producción biológica".

Esta normativa, que deja al margen los productos no alimenticios,

establece sin embargo que las marcas que lleven alguna de las

indicaciones reservadas podrán emplearse hasta el 1 de julio de 2006

en el etiquetado y la publicidad de los productos que no hayan sido

elaborados según la producción ecológica siempre que la marca haya

sido solicitada antes del 22 de julio de 1991 y que ésta se

reproduzca siempre con una indicación clara, fácil de ver y de leer,

de que los productos no se obtienen conforme al método de producción

ecológica.

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