El TC ampara a USO y declara vulnerado el derecho de huelga en los parones del 'handling' de Ryanair en 2022

Archivo - FILED - 30 January 2023, Cologne: FILE PHOTO - A Ryanair passenger plane is parked at Cologne/Bonn Airport. Photo: Thomas Banneyer/dpa
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Europa Press Economía Finanzas
Publicado: viernes, 6 noviembre 2026 14:51

MADRID 6 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso de amparo presentado por USO al declarar vulnerado el derecho de huelga contra una resolución de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que fijaba los servicios mínimos de los servicios públicos esenciales a mantener en Ryanair e Ihandling Aviation durante la huelga del personal de servicios de asistencia en tierra entre octubre de 2022 y enero de 2023.

El sindicato impugnó la resolución al considerar que establecía unos servicios mínimos abusivos y excesivos que hacían impracticable el ejercicio del derecho de huelga. Entonces, en primera instancia, la Audiencia Nacional anuló dicha resolución al considerar que los servicios mínimos fijados incurrían en falta de motivación por omitir fijar el número o el porcentaje de trabajadores convocados a la huelga que debían prestar esos servicios, dejando su determinación a la empresa.

Posteriormente, fue confirmada en casación por el Tribunal Supremo por ser suficientemente motivada y entender que la concreción del número de trabajadores que habían de cubrir los servicios mínimos, mediante cifra o porcentaje, no correspondía a la autoridad gubernativa, según el texto.

Para el Tribunal Constitucional, el alcance subjetivo (trabajadores implicados) de los servicios mínimos se lleva a cabo en la resolución sirviéndose de fórmulas "indeterminadas, faltas de concreción y objetivación".

A su juicio, "no circunscriben el ámbito de actuación posterior del empresario a la complementación técnica o funcional que la doctrina constitucional ha considerado admisible delegar en aquél, sino que habilitan un grado de discrecionalidad en esa actuación que supone, en la práctica, un apoderamiento a la parte empresarial en el conflicto laboral que menoscaba el elemento de imparcialidad que es exigible en la determinación de los servicios mínimos".

Mismo resultado consiguió recientemente USO también en relación a los servicios mínimos durante una huelga del tripulantes de cabina de Ryanair en 2022. Fue estimado su recurso de amparo al declarar vulnerado el derecho de huelga contra una sentencia del Tribunal Supremo que validaba una resolución del Ministerio de Transportes sobre este tema, también impugnada.

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