BRUSELAS, 24 May. (EUROPA PRESS) -
La Comisión Europea aprobó hoy un nuevo paquete de medidas sobre
acuerdos comerciales de distribución vertical, con el objetivo de
regular la compra y venta de bienes o servicios entre compañías en
distintos niveles de la cadena de producción y distribución.
Esta reforma legislativa afecta a los acuerdos de suministro
industrial, distribución exclusiva y selectiva, franquicias y
monomarcas, en sectores como la cerveza o los carburantes. Entrará en
vigor el próximo 1 de junio y sustituye a los reglamentos
comunitarios de excepciones por categoría sobre transacciones
exclusivas, aunque no modifican las vigentes para el sector del
automóvil.
El comisario de Competencia, Mario Monti, señaló en este sentido
que su objetivo es simplificar las normas vigentes sobre acuerdos de
suministro y distribución y hacer más fácil el funcionamiento para
las compañías con menos cuota de mercado. La normativa permitirá la
existencia de acuerdos de este tipo sólo entre empresas con cuotas de
mercado inferiores al 30 por ciento, con ciertas restricciones.
Por un lado, un productor no podrá imponer a sus distribuidores el
precio de reventa de sus productos, aunque tendrá la posibilidad de
fijar precios máximos y recomendados. Tampoco podrá impedir que sus
distribuidores vendan de forma "pasiva", por lo que cada distribuidor
es libre de responder a la demanda de compra de un bien o servicio
por parte de cualquier cliente de la UE.
Los distribuidores podrán utilizar internet para cumplir a las
solicitudes de compra. Por otra parte, un productor con un sistema de
distribución selectivo, por ejemplo en el sector de los cosméticos,
no podrá restringir la venta por parte de distribuidores autorizados
a los consumidores finales o a otros distribuidores también
autorizados.