Economía/Empresas.- El Gobierno creará un registro integrado de las empresas habilitadas para la actividad industrial

Actualizado: viernes, 9 octubre 2009 19:35


MADRID, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno aprovechará el trámite parlamentario de la transposición de la directiva europea de servicios para introducir una nueva herramienta de carácter informativo, denominado 'Registro Integrado Industrial', que permitirá a las Administraciones Públicas, ciudadanos y al sector empresarial saber qué empresas están habilitadas para ejercer su actividad.

Así lo revela una de las veintisiete enmiendas presentadas por el PSOE en el Congreso de los Diputados al proyecto de ley sobre las actividades de servicios y su ejercicio, que recuerda que la futura norma, conocida como 'Ley Ómnibus', sustituye con carácter general el requisito de autorización existente para determinadas actividades por la presentación de una "declaración responsable".

La presentación de dicha declaración ante el órgano competente de la comunidad autónoma donde se ubica el domicilio social de la empresa, o donde ésta inicie su actividad social, habilita para el ejercicio de la actividad en todo el territorio estatal.

Los socialistas consideran que el nuevo modelo hace necesario reforzar la cooperación entre todas las administraciones públicas, con el fin de garantizar un "flujo eficaz de información" que facilite a los órganos competentes de las comunidades el "control efectivo" de los prestadores de servicios.

CONTROLADO POR INDUSTRIA.

La creación de este Registro se entiende sin perjuicio de las competencias de las autonomías para establecer órganos similares en sus territorios, si bien habrán de establecer las "tecnologías precisas" para garantizar la interoperabilidad de los distintos sistemas.

Este órgano estará controlado por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, que propondrá el desarrollo reglamentario, la organización administrativa y los procedimientos, así como el sistema de acceso a la información que contiene y las formas de comunicación entre las distintas administraciones, incluyendo las normas de confidencialidad aplicables a cada caso.

La información que "como mínimo" deberán presentar las empresas al Registro engloba su número de identificación, razón social, domicilio y actividad principal y tendrá carácter público, de acuerdo con los procedimientos de acceso y difusión que se determinen reglamentariamente.