Actualizado 25/11/2011 16:32

Condenado a 18 años y medio el hombre que asesinó a su pareja prendiendo fuego a su vivienda en el Ejido (Almería)

ALMERÍA, 25 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha condenado a 18 años y seis meses de cárcel a S.F.E.M, quien hace un año prendió fuego intencionadamente a la vivienda que compartía con su pareja, de 35 años, quien falleció por inhalación de humo después de intentar de sofocar el incendio con cubos de agua. El acusado, al que un jurado popular declaró culpable de asesinato, ató la puerta del inmueble con una cuerda, lo que "imposibilitó" que la víctima "pudiese salir al exterior".

La sentencia de la Sección Segunda, a la que ha tenido acceso Europa Press, se aviene al escrito de conclusiones definitivas del fiscal, al que se adhirieron el resto de acusaciones ejercidas por la familia de D.E.R.H., la Junta de Andalucía y la Abogacía del Estado. El fallo, contra el que anunció recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la letrada de la defensa, impone, asimismo, al procesado, de 51 años, el abono de una indemnización de un total de 120.000 euros.

El jurado popular, que emitió veredicto de culpabilidad por unanimidad y apreció que era aplicable la agravante de parentesco, consideró probado tras la vista oral que S.F.E.M., quien negó en todo momento la autoría del crimen, causó la muerte de manera intencionada a su compañera sentimental, quien era su pareja estable y con la que convivía desde hacía más de un año.

Según se recoge en la sentencia, el procesado mantuvo una discusión con la víctima el 19 de noviembre de 2010 en el interior del domicilio que ambos compartían en la carretera del Sector 4, en el paraje conocido como Fuente Nueva, en El Ejido (Almería). Tras la pelea, se marchó a primera hora de la mañana de la casa y regresó pasado el mediodía.

Tras constatar que la mujer "se encontraba profundamente dormida", prendió fuego a la cortina del dormitorio y, a continuación, cerró la puerta de acceso al inmueble con una cuerda para, así, "asegurar" la muerte de D.E.R.H., quien no podría "salir de la vivienda mientras ardía".

Subraya el fallo que hizo todo esto "siendo consciente de que sus estado de inconsciencia mermaba de forma considerable su capacidad de reacción para poner a salvó su vida", por lo que se evidencia que actuó con alevosía.

El acusado, quien permanece en el centro penitenciario provincial de El Acebuche desde que fue detenido dos días después del crimen, se quedó en el exterior de la casa "para comprobar la evolución del incendio, sin hacer acción alguna encaminada a evitar el luctuoso fallecimiento de su compañera", añade el apartado de hechos probados.

VEREDICTO

El jurado se remitió para argumentar la resolución que dictaba la culpabilidad de S.F.E.M. que reconoció el asesinato ante el agente de la Guardia Civil instructor del caso y una médico forense del Instituto de Medicina Legal de Almería. Señaló, asimismo, las "numerosas contradicciones" en las que incurrió en su declaración ante la sala y el relato que tres de los testigos hicieron durante la segunda sesión de la vista oral celebrada en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial.

En concreto, recogió que una vecina lo situó "delante" de la vivienda "mientras salía humo" al tiempo que su hermana aseguró que, minutos después, llegó "con evidentes signos de nerviosismo" a su casa. Consideró también prueba de cargo el testimonio del sobrino del acusado, que un día después del incendio acudió al inmueble siniestrado y halló la puerta de acceso "atada con una cuerda".

El veredicto descartó que el procesado actuase con sus capacidades mermadas y, pese a que le reconoce un "leve retraso mental", estimó probado por el informe pericial forense que estaba "en pleno uso de sus facultades y tenía voluntad libre" cuando cometió el crimen y que, además, era capaz de "distinguir entre el bien y el mal". Rechazó, en esta línea, que se tratase de un suicidio ya que junto al cuerpo sin vida se hallaron varios cubos de agua.