inmigrantes trabajan
Europa Press


MADRID, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Abogacía del Estado concluye que la inscripción de los extranjeros en el padrón municipal procede con independencia de que los mismos tengan o no residencia legal en territorio español, por lo que, en consecuencia "no resulta procedente denegar la inscripción so pretexto de que el ciudadano extranjero no reside legalmente en España".

La Abogacía del Estado ha remitido a la Delegación del Gobierno de Cataluña el informe solicitado por el Ayuntamiento de Vic relativo a la legalidad de la negación del empadronamiento a inmigrantes en situación irregular.

En su informe, sostiene que para tramitar las solicitudes de los extranjeros de inscripción en el padrón municipal "debe entenderse y considerarse como válido y suficiente un pasaporte aunque no cuente con el preceptivo visado".

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