Actualizado 26/06/2009 16:18

AMP.-El jurado considera a la 'canguro' de Valladolid autora del asesinato de la bebé que tenía a su cargo

Se expone a penas que oscilan entre los 20 y los 25 años de cárcel


VALLADOLID, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -

El jurado popular declaró hoy culpable de un delito de asesinato a María Rosario R.D, la 'Canguro' de 40 años juzgada durante los últimos días en la Audiencia de Valladolid por la muerte de un bebé de seis meses ocurrida en agosto de 2007 tras sacudirla con violencia y golpear su cabeza contra un objeto, con lo que podría ser condenada a penas que oscilan entre los 20 y los 25 años de cárcel.

Las seis mujeres y tres varones que integraban el jurado, veintiséis horas después de que se retiraran a deliberar, emitieron su veredicto, el peor de los posibles para la procesada, en el que consideraron probado que María Rosario R.D. mató de forma intencionada a la niña Ana Elena, pero además con alevosía, dado que no podía defenderse, y con saña, teniendo en cuenta el número de lesiones que presentaba y que provocaron a la víctima un dolor innecesario.

En su veredicto, el jurado, que no estima atenuante alguna, se mostró además contrario a conceder a la condenada los beneficios de una posible suspensión de la pena e informó también de forma negativa ante una supuesta petición de indulto.

Y es que el jurado descartó las dos versiones de lo ocurrido ofrecidas por la acusada, la de que la niña se atragantó y ella se limitó a practicarle maniobras de reanimación y la última, dada por Rosario de forma sorpresiva a la conclusión del juicio, de que el bebé se golpeó accidentalmente al resbalarse de entre sus brazos cuando le daba de comer, circunstancia que, según dijo, ocultó durante estos dos últimos años por consejo del primer abogado que se ocupó de su defensa.

LA TESIS DE LA ACUSACIÓN PARTICULAR

El veredicto del jurado de asesinato (artículos 139 y 140 del Código Penal) estima en su integridad la postura que había sido esgrimida por la acusación particular, en representación de la madre de la pequeña, quien, por tal motivo, mantuvo su petición de 25 años de prisión y una indemnización de 300.000 euros.

El acusador sostenía que Rosario asesinó con frialdad a la pequeña cuando, resentida porque se negaba a comer y no cesaba de llorar, la propinó primero cinco o seis golpes en pleno rostro y acto seguido la sujetó por la espalda, zarandeó su cuerpecito de siete kilos de peso con violencia y golpeó su cabeza contra una superficie rígida pero acolchada, posiblemente un sofá, o incluso la arrojó contra algo.

Ante ello, el fiscal, que inicialmente pedía 12 años de cárcel por delito de homicidio con dolo eventual, es decir, que la cuidadora no tuvo intención de matar pero asumió y aceptó el riesgo mortal que suponía su acción, se vio obligado a modificar su petición y elevó la misma a 23 años de cárcel, junto con el pago de una indemnización de 200.000 euros en favor de la madre, 50.000 euros más de lo que pedía en un principio, mientras que el defensor, que había pedido una sentencia absolutoria y, alternativamente, tres años por delito de homicidio imprudente, solicitó finalmente 20 años de privación de libertad e idéntica indemnización que la acusación pública.

Será ahora la magistrado que presidió la sala la encargada de imponer la pena más ajustada, que en el mejor de los casos no bajará de los 20 años de cárcel.