Archivo - Bandera saharaui - Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
MADRID, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -
El abogado Sidi Mohamed Talebuya ha criticado la exclusión de los solicitantes de apatridia -en su mayoría saharauis- del proceso extraordinario de regularización previsto en el nuevo Reglamento de Extranjería, que ha aprobado el Consejo de Ministros este martes, al considerar que se trata de una decisión "discriminatoria y carente de base jurídica".
En declaraciones a Europa Press, Talebuya ha recordado que anteriores borradores del reglamento incluían tanto a solicitantes de asilo como a solicitantes de apatridia entre los posibles beneficiarios de la medida, pero que el último informe del Consejo de Estado desaconsejó esa inclusión al advertir que "podría generar confusión". "El propio informe no es vinculante y, aun así, el Gobierno ha optado por dejar fuera a este colectivo sin una justificación sólida", ha señalado.
Además, ha insistido en que existían alternativas normativas para no dejar fuera a los apátridas, incluso asumiendo las recomendaciones del Consejo de Estado. A su juicio, el Gobierno "podía haber optado por una disposición adicional específica para las personas apátridas, con idénticos requisitos y condiciones que la prevista para los solicitantes de protección internacional", de forma que "se habría evitado cualquier confusión técnica sin sacrificar los derechos de este colectivo".
El letrado ha subrayado que la protección internacional y la apatridia están amparadas por convenios internacionales -la Convención de Nueva York sobre el Estatuto de los Apátridas y la Convención de Ginebra sobre los Refugiados- que establecen la obligación de los Estados de ofrecer una "protección especial". En este sentido, ha advertido de que excluir exclusivamente a las personas apátridas plantea dudas sobre la motivación política de la decisión, teniendo en cuenta que "más del 95% de los solicitantes son saharauis".
ESTIMA UNAS 8.000 SOLICITUDES PENDIENTES EN ESPAÑA
Según Talebuya, en España existen unas 8.000 solicitudes de apatridia pendientes de resolución, con una demora media de entre dos y tres años, pese a que el Real Decreto 865/2001 fija un plazo máximo de tres meses. "Es una cuestión de tiempo y de derechos; se está castigando a quienes han iniciado un procedimiento legal para regularizar su situación", ha indicado.
El abogado ha enfatizado que los solicitantes de apatridia no pueden trabajar durante la tramitación de su expediente, a diferencia de los solicitantes de asilo, quienes obtienen una autorización provisional de empleo a los seis meses. "Hay personas que llevan años esperando para poder trabajar legalmente. Hablamos de un derecho fundamental, el derecho al trabajo, que estas personas no pueden ejercer", ha insistido.
IGUALMENTE PENALIZADOS POR EL REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA
Además, ha recordado que una de las motivaciones de este procedimiento es reparar la penalización en el arraigo que el nuevo Reglamento de Extranjería aplicaba a los solicitantes de protección internacional que veían denegada su solicitud ya que, al aplicar la jurisprudencia del Tribunal Supremo, impide cuantificar como periodo residido en España el tiempo de tramitación de su solicitud.
En este sentido, ha explicado que el Reglamento de Extranjería penaliza en la práctica por igual a los solicitantes de apatridia, al excluir el tiempo en que sus expedientes están en trámite del cómputo de estancia necesario para acceder al arraigo. A su juicio, esto provoca que "queden fuera de la posibilidad de regularizarse por arraigo personas que llevan años en España y con una fuerte vinculación social, simplemente por haber ejercido su derecho a pedir protección", de modo que "se les castiga por iniciar un procedimiento legal previo".
Aunque no existe jurisprudencia al al respecto del arraigo y los apátridas, este experto está convencido que se revolverá de igual manera este cómputo para los solicitantes de protección internacional y los de apatridia, por lo que no entiende la exclusión de un proceso que pretende compensar esta penalización.
Talebuya ha subrayado, además, que la situación de los solicitantes de apatridia es paradójica, porque, a diferencia de lo que ocurre con la protección internacional, la mayoría de sus expedientes terminan resolviéndose de forma favorable y culminan en la concesión del estatuto de apátrida y de una residencia permanente. "Mientras que en el asilo la mayor parte de solicitudes son rechazadas, en el caso de los apátridas la tendencia es justamente la contraria; sin embargo, son quienes pasan más tiempo sin poder trabajar y ahora quedan fuera de la regularización extraordinaria", ha lamentado.
Además, ha advertido de que un inmigrante que llega a España en octubre sin iniciar ningún trámite está en mejor situación que quien llega en la misma fecha y solicita el estatuto de apátrida. "La persona que pide protección va a pasar más de dos años esperando una resolución y queda fuera de la regularización, mientras que quien no ha hecho ningún procedimiento puede beneficiarse antes de un arraigo o de esta medida extraordinaria; es una paradoja que premia la inacción y castiga a quien intenta regularizarse por las vías legales", ha denunciado.
A su juicio, no es razonable que un saharaui tenga que renunciar a su solicitud de apatridia para poder presentarse al proceso extraordinario de regularización, una fórmula que les peritiría acceder al mismo. En este sentido, ha recordado que la apatridia les da acceso, si finalmente se les reconoce el estatuto, a un permiso de residencia permanente y a un nivel de protección muy superior al de una autorización temporal, por lo que "obligarles a escoger entre un derecho de protección a largo plazo y una regularización coyuntural supone una carga injustificada sobre el propio ciudadano, que se ve forzado a renunciar a un derecho que le corresponde para obtener otro derecho más limitado en el tiempo".
De este modo, defiende que las personas apátridas deberían poder acogerse al proceso de regularización sin renunciar a su procedimiento de protección, del mismo modo que ocurre con los solicitantes de asilo. "Lo razonable sería que pudieran beneficiarse de un permiso extraordinario de residencia y trabajo mientras continúa la tramitación de su expediente de apatridia, y que, si finalmente se les reconoce el estatuto, mantengan ese nivel superior de protección sin haber tenido que renunciar a nada en el camino", ha insistido.
Talebuya considera que el reconocimiento de derechos para este colectivo habría tenido más garantías si se hubiera tramitado mediante una iniciativa legislativa popular (ILP). A su juicio, "en el Congreso hay más actores implicados y más margen para introducir enmiendas y menciones específicas a los apátridas saharauis", de manera que "probablemente se habría podido blindar mejor su inclusión que a través de un simple reglamento aprobado por el Gobierno".
Finalmente, ha avanzado que la Asociación de Abogacía Saharaui en España, de la que es presidente, emitirá un comunicado para protestar formalmente ante el Gobierno, si bien reconoce que el margen de actuación es limitado, dado que la medida se adopta en el marco de las competencias exclusivas del Ejecutivo. "Eso no impide que ejerzamos nuestro derecho como ciudadanos a denunciar una injusticia", ha concluido.