SANTIAGO DE COMPOSTELA 7 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno central ha establecido la composición, estructura y funcionamiento de los Consejos del Agua de las Demarcaciónes Hidrográficas del Miño-Sil, Ebro y Duero.
Así lo ha explicado el Ejecutivo central en un comunicado, en el que ha detallado que el Consejo de Ministros ha aprobado, en su reunión de este viernes, tres reales decretos por los que se establecen estos órganos, dando así cumplimiento la Ley de Aguas.
En concreto, conforme ha detallado la Administración central, la regulación del Consejo del Agua de la demarcación en dicha Ley introduce varias modificaciones, tales como la incorporación de nuevas funciones, como promover la información, consulta y participación pública en el proceso planificador.
Además, ha añadido, incluye entre los nuevos vocales a representantes de las entidades locales, de los servicios periféricos de costas, autoridades portuarias y capitanías marítimas. Así como a miembros de asociaciones y organizaciones en defensa de intereses ambientales, económicos y sociales relacionados con el agua.
De esta manera, establece que el número y distribución de los representantes autonómicos en el Consejo debe efectuarse en función del número de Comunidades Autónomas de la demarcación y de la superficie y población de las mismas incluidas en ella, con un mínimo de un representante por cada comunidad autónoma.
Según ha asegurado el Ejecutivo estatal, estos criterios se han aplicado considerando la superficie y la población con igual ponderación y teniendo también en cuenta que el número total de vocales del Consejo no dificulte su operatividad.
En ese sentido, en el caso de la Demarcación Hidrográfica del Ebro, dado el alto número de Comunidades Autónomas concernidas, se mantendrá en el Consejo del Agua de la demarcación el mismo número y distribución de vocales en representación de las Comunidades Autónomas que existente en el Consejo del Agua de la cuenca.
TRES MESES
La constitución efectiva del Consejo del Agua de la demarcación se realizará en un plazo de tres meses, período durante el cual continuará existiendo y ejerciendo sus competencias el Consejo del Agua de la cuenca. Tras esta, la Comisión de Planificación Hidrológica y Participación Ciudadana deberá constituirse en un plazo no superior a un mes.
Por último, el Gobierno ha asegurado que el funcionamiento y constitución de los Consejos del Agua de la demarcación "no supondrán incremento alguno del gasto público" y que "se atenderán con los recursos personales y materiales existentes" en las Confederaciones Hidrográficas del Ebro, Duero y Miño-Sil, respectivamente.