Actualizado 03/12/2010 18:52

Themis lleva al Constitucional el asesinato de una menor a manos de su padre, maltratador, durante el régimen de visitas

MADRID, 3 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Asociación de Mujeres Juristas Themis ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia dictada por la sección cuarta de la Sala de lo contencioso Administrativo del Tribunal Supremo en el caso de la víctima de violencia de género María Ángeles González, cuya hija de siete años fue asesinada por su ex marido, Felipe Rascón, cuando las autoridades levantaron la vigilancia establecida para el régimen de visitas a la menor.

Según explica Themis, "existió una clara negligencia por parte de los operadores jurídicos (juzgados penales y civiles) y los servicios sociales dependientes de los mismos" al permitir que el padre visitara a la niña sin vigilancia de terceros, porque ésta situación propició el asesinato, de modo que Estado tiene una "responsabilidad patrimonial frente a un daño irreparable".

María Ángeles González llegó a presentar hasta 47 denuncias contra su ex marido por maltrato físico sobre ella y la hija que compartían. Había pedido a la Administración que implantase vigilancia durante el régimen de visitas para evitar que la niña quedara a solas con su padre, a quien los psiquiatras habían diagnosticado "un grave trastorno obsesivo-compulsivo con rasgos celotipicos", conforme explica Themis.

El sistema funcionó de este modo dos años, durante los cuales el padre veía a su hija en presencia de terceros. Sin embargo y contra el criterio de la madre, se levantó la supervisión, situación que "aprovechó" el agresor para asesinar a su hija el 24 de abril del año 2003. Después de matar a la niña, que tenía siete años de edad, se suicidó.

Themis explica que en este caso, "se antepuso el derecho del padre a ver a la menor, aún conociendo el alto riesgo que existía para su vida, integridad y seguridad, y no se adoptaron medidas cautelares para garantizar sus derechos fundamentales", como tampoco se tuvo en cuenta que su madre era víctima de violencia de género y que había afrontado "un largo proceso judicial para defender los derechos de su hija".

"No se adoptaron las medidas suficientes ni necesarias para que la menor no sufriera ningún daño y se desconoce el sufrimiento que padeció la menor durante las visitas con su padre no vigiladas en el día de su asesinato y con anterioridad", explica la organización.

Por ello, concluye que este asesinato "se podría haber evitado si la Administración de Justicia hubiese mantenido el régimen de visitas con vigilancia, ya que existía un alto riesgo" para la niña y considera que, en consecuencia, "el Estado debe asumir que existió en este caso un funcionamiento anormal de la administración de justicia de la que se deriva su responsabilidad patrimonial frente un daño irreparable".