Actualizado 10/09/2008 17:34

EpC.-Junta andaluza ve "cerca" una sentencia del TSJA que "unifique doctrina" para impartir "con normalidad" la materia

SEVILLA, 10 Sep. (EUROPA PRESS) -

La consejera de Educación, Teresa Jiménez, aseguró hoy que actualmente ve "más cerca" una hipotética sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que "unifique la doctrina" necesaria para impartir "con absoluta normalidad" la asignatura Educación para la Ciudadanía (EpC), toda vez que el Alto tribunal andaluz denegó en junio la ejecución provisional de la sentencia que declaraba nulos determinados preceptos de la materia pero ha reconocido algunos suspensos como "denegación láctica" de la objeción de conciencia.

En rueda de prensa, Teresa Jiménez precisó que, en total, su departamento tiene contabililizadas 468 objeciones de conciencia sobre aproximadamente 98.000 alumnos afectados por la introducción de esta materia en el sistema educativo, mientras que el colectivo 'Profesionales por la Ética' contabilizaba el pasado mes de junio 7.133 objeciones en el conjunto de Andalucía.

Después de que la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA desestimase la semana pasada un recurso formulado por la Consejería contra un colectivo de padres y madres de alumnos, todos objetores de la asignatura, que apelaron contra sus suspensos, Teresa Jiménez atisbó "cerca" un fallo del Alto tribunal andaluz que "unifique la doctrina" en lo que a la introducción de la materia en la educación se refiere.

El último auto, recogido por Europa Press, aludía a un procedimiento contencioso administrativo impulsado por un colectivo de madres y padres de alumnos de las provincias de Cádiz, Málaga y Sevilla a consecuencia de los suspensos cosechados en la citada asignatura tras haber solicitado los tutores de los niños la objeción de conciencia. La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo reconoció el derecho de los padres y madres de alumnos a recurrir los suspensos entendiendo que supusieron "una denegación fáctica" de sus solicitudes de objeción, que aún no habían recibido respuesta.

En junio, no obstante, la misma sección denegaba la ejecución provisional de la sentencia dictada el pasado mes de abril declarando nulos determinados preceptos de la materia, pues frente a los requerimientos del recurrente, entendía el Alto tribunal andaluz que tal medida supondría una "anticipación de los efectos generales" del fallo antes de que se hubiera agotado plenamente el procedimiento judicial.