Los denunciantes del fraude en las oposiciones policiales no revelaron secretos

Actualizado: martes, 1 marzo 2016 18:08

SEVILLA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha dado un nuevo varapalo a la defensa de los procesados por la presunta filtración de los contenidos de los exámenes en las dos convocatorias de empleo público promovidas en el año 2012 por el Ayuntamiento para cubrir puestos de la Policía Local y ha confirmado el archivo de la denuncia contra cuatro opositores por una supuesta revelación de secretos.

En un auto fechado el pasado día 23 de febrero, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial rechaza así el recurso presentado por los procesados contra la decisión del juez instructor de archivar la denuncia presentada contra estos cuatro opositores, que fueron los que denunciaron el caso, por supuesta revelación de secretos.

Los tres policías denunciantes entienden que los opositores referidos habrían accedido de forma ilegal a las bases de datos de la Dirección General de Tráfico para comprobar que los primeros no tenían los correspondientes permisos de conducir requeridos para el acceso a las oposiciones.

Estos tres agentes recurrieron la decisión del juez de Instrucción número 14 de Sevilla alegando vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva "al no haberse pronunciado sobre determinadas diligencias de prueba" interesadas por los recurrentes y por considerar que los hechos denunciados podrían ser constitutivos de delito.

Frente a ello, la Audiencia Provincial argumenta que el juez acordó el sobreseimiento provisional de las actuaciones conforme a lo establecido en el artículo 779.1 y "tras valorar jurídicamente" los hechos contenidos en el escrito de denuncia, la declaración de denunciantes y denunciados y tras practicar diversas diligencias de investigación.

LOS HECHOS CARECEN DE RELEVANCIA PENAL

Todo ello, prosigue la Audiencia, "sin que aprecie motivo alguno para
continuar con la tramitación de la causa y practicar nuevas diligencias
de investigación al carecer los hechos de relevancia penal", con lo que
la práctica de las diligencias "solo prolongaría innecesariamente la
instrucción, no suponiendo con ello la lesión del derecho a la tutela
judicial efectiva".

La Audiencia recuerda que los denunciantes se presentaron a
unas oposiciones para optar a una plaza de funcionario de la Policía
Local de Sevilla, de manera que en las bases de la convocatoria se exigía, entre otros requisitos, estar en posesión del permiso de conducir de la clase A y B.

Los tres denunciantes, al parecer, fueron incluidos en la lista
provisionales de aprobados, siendo la misma recurrida por los denunciados haciendo constar que los procesados "no estaban en
posesión del permiso de conducir de la clase A o que lo habían obtenido
con posterioridad al plazo fijado en la convocatoria".

A juicio de los procesados, "esa información les ha sido facilitada por algún funcionario público que ha accedido a los ficheros de la Dirección General de Tráfico y ha hecho uso indebido de los mismos", pero la Audiencia asevera que estos hechos "no tienen relevancia penal", tal y como había concluido el juez instructor.

"A LO SUMO UNA INFORMACIÓN RESERVADA"

"No podemos olvidar que el dato que se habría revelado hace referencia a la posesión de una determinada clase de permiso de conducir, lo que evidentemente no entendemos que constituya un secreto sino a lo sumo una información reservada, cuya publicidad no entendemos tenga excesiva relevancia dañosa, de ahí que no quepa hablar de ilícito penal", argumenta la Audiencia.

Asimismo, indica que, "a la falta de relevancia de la información difundida, se tienen que añadir las circunstancias que concurren" en este caso, y "que impiden afirmar que realmente nos encontremos ante una información que los denunciantes puedan entender reservada o privada, desde el momento que la posesión del permiso de conducir de la clase A era una de los requisitos necesarios para poder optar a la plaza de policía local".

A su juicio, los denunciantes, "al presentarse como aspirantes, dan por entendido que están en posesión del mismo, con lo que con su presentación a las oposiciones dan publicidad a esa información que podría ser calificada en otro caso como reservada".

"La información facilitada por los denunciados no parece que pueda afectar a la intimidad de los denunciantes desde el momento que al presentarse a la oposición facilitan esa información y admiten y asumen que se pueda indagar y comprobar la misma", pone de manifiesto la Audiencia.

SIN RELEVANCIA

Por todo ello, considera que "ni el perjuicio para la Administración tiene entidad, ni la información revelada tiene relevancia", por lo que confirma el archivo de las actuaciones decretado por el juez de Instrucción número 14 de Sevilla, "dejando abierta a las partes su
reclamación en otra vía distinta de la penal".

Las fuentes consultadas por Europa Press han destacado que, con esta decisión, la Audiencia Provincial "cierra la última puerta a la defensa para anular la investigación" llevada a cabo por el Grupo Especial de Policía Local (Gepol) y el Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla con respecto a la filtración de los exámenes.