Educación implantará medidas para evitar conflictos entre los padres separados y los centros educativos

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EUROPA PRESS
Actualizado: domingo, 30 junio 2013 14:33

VALENCIA, 30 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte implantará durante el curso 2013-14 un protocolo de actuación que regulará las relaciones de los centros educativos con los padres separados o divorciado para garantizar que ambos progenitores, si cuentan con la patria potestad, reciban información y participen en la toma de decisiones.

Según ha informado la Generalitat en un comunicado, el protocolo establecerá cómo deben actuar los centros teniendo en cuenta los derechos y deberes de los progenitores en función de si tienen la patria potestad o la guarda y custodia.

Si tienen la patria potestad, el objetivo es que ambos reciban información académica, participen en la elección del centro, en su funcionamiento, puedan recoger a los menores o autoricen la difusión de material audiovisual en el que aparezca, entre otros aspectos.

En un momento en que el número de alumnos procedentes de matrimonios o parejas disueltas es mayor, se pretende evitar conflictos que afectan a la comunicación y relación del centro con los progenitores ante la divergencia de intereses entre los padres y madres de los alumnos.

La medida ha sido consensuada con las principales asociaciones que promueven la custodia compartida en la Comunitat Valenciana, con las que la Conselleria ha mantenido diversos encuentros, como la Asociación Custodia Compartida de Alicante, Castellón y Valencia, y la Asociación de Abuelos por la Custodia Compartida de la Comunitat Valenciana.

ACTUACIÓN ANTE RIESGO PARA EL MENOR

En primer lugar, las instrucciones establecen que cuando el centro deba tomar una decisión educativa con respecto al menor y constate un desacuerdo manifiesto entre los progenitores, deberá remitirlos a la autoridad judicial poniendo los hechos en conocimiento del fiscal si considera que existe un riesgo para la vida, la integridad, salud, dignidad o libertad del menor o que la situación es gravemente perjudicial o dañosa para el hijo.

En cuanto a la escolarización del menor, el centro requerirá la firma de ambos progenitores para proceder a su matriculación por primera vez o a un cambio de centro, en el caso de que la sentencia o auto de medidas provisionales no haya dispuesto nada sobre el ejercicio de la patria potestad en materia educativa.

Para ello, junto con la solicitud de admisión se deberá adjuntar la parte expositiva referida al ámbito educativo de la sentencia o auto de padres o madres separados o divorciados o parejas de hecho que hayan puesto fin a su convivencia.

En cuanto a la recogida del centro, el menor se entregará al padre o madre o tutor, según establezca la resolución judicial, sin perjuicio de que éste pueda autorizar por escrito al otro progenitor o a una tercera persona para que lo recoja en su nombre. Para ello, quien tenga la guardia y custodia entregará al centro un listado de personas autorizadas debidamente identificadas para poder recoger al menor a la salida de clase.

INFORMACIÓN POR DUPLICADO SOBRE LA EVALUACIÓN

Otra de las directrices que se da a los centros es acerca de la información sobre el proceso de evaluación. En el caso de que ambos progenitores tengan la patria potestad, el centro duplicará la información de la evaluación para entregársela a ambos. No lo hará en el caso de que exista privación de la patria potestad o algún tipo de medida penal de prohibición de comunicación impuesta a alguno de los progenitores.

Además, cuando exista resolución judicial que prive o suspenda el ejercicio de la patria potestad o excluya o limite el derecho del progenitor a visitar, acercarse o comunicarse con el hijo o descendiente, el centro impedirá información o comunicación alguna con el menor mientras esté bajo su custodia.

DIFUSIÓN DE MATERIAL AUDIOVISUAL

Las instrucciones también se refieren a la necesidad de solicitar autorización de ambos progenitores, en tanto mantengan ambos la patria potestad, para la difusión de material audiovisual del menor. Del mismo modo, da la posibilidad a ambos padres para que formen parte del Consejo Escolar del centro.

Por último, las instrucciones contemplan cómo debe actuar el centro ante la falta de colaboración de las madres, padres, o tutores, y la necesidad de adecuar los programas informáticos del centro para atender estas instrucciones.