Economía/Legal.- Los juzgados de Barcelona dictan la primera sentencia a favor de un cliente de contrato de 'swap'

Actualizado: viernes, 19 noviembre 2010 19:42

MADRID, 19 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia número 24 de Barcelona ha dictado la primera sentencia emitida en la capital catalana que da la razón a un cliente frente a una entidad financiera y anula el contrato de permuta financiera de tipos de interés, los llamados 'swap', según la sentencia dictada el pasado 9 de noviembre, a la que tuvo acceso Europa Press.

La sentencia, dictada contra el Banco Popular, declara "la nulidad de las condiciones particulares y generales del contrato de permuta financiera de intereses", así como de las liquidaciones practicadas en virtud de la cobertura de dicho contrato, que pretende proteger al cliente de las subidas de los tipos de interés hipotecarios.

Este fallo de anulación de un 'swap' es el primero dictado en Barcelona y el segundo en Cataluña, lo que "abre el camino para que sean estimadas más demandas de nulidad por el contenido de los razonamientos de la resolución y por la importancia del juzgado", según explicó a Europa Press el abogado del cliente de la entidad, Arcadi Sala-Planell, del bufete BBS Abogados.

La primera la dictó el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Amposta (Tarragona) contra el Banco Santander. Además, existen otra dos más favorables al cliente emitidas por el Juzgado de lo Mercantil de Girona.

El juez titular, Antonio Pascual Nuño, concluye que "no hay duda de la existencia de un consentimiento viciado por falta de información" al cliente que "no era un profesional financiero, sino un particular" y que contrató el paquete de hipoteca más 'swap' "sin ser suficientemente informado y sin que le practicaran el test de conveniencia".

La sentencia destaca que existe "un hecho especial y de gran trascendencia" para inclinarse a favor del demandante que es que el contrato se concertó sólo "por un año" y no por toda la duración del pago de la hipoteca.

En este sentido, el juez concluye que la explicación más razonable es que el director de la sucursal del Banco Popular donde se firmó el contrato "obtenía la bonificación correspondiente, lo que le llevó a firmar el contrato de permuta financiera del tipo de interés, que de golpe arroja un saldo negativo superior a los 11.000 euros".

Sala-Planell explicó que lo "curioso" de este caso es que el banco obligó al cliente a suscribir una póliza de crédito para cargarle las liquidaciones del 'swap' a una cuenta corriente a la que no ha tenido acceso el cliente.