Foto: Europa Press/Archivo
El Tribunal encargado del juicio a la cantante Isabel Pantoja, el exalcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz, la exmujer de éste, Maite Zaldívar, y otras siete personas ha confirmado su decisión de dar un plazo a las partes para que puedan examinar determinadas bridas de la causa, separadas del caso 'Malaya', que supuestamente no fueron remitidas a los letrados y completar, tras esto, sus escritos de defensa.
La Sala desestima así el recurso de súplica presentado por la Fiscalía, en el que solicitaba la revocación de la resolución por la que se tomó esa decisión, al considerar la representante del ministerio público que no se ha causado indefensión porque los letrados tuvieron a su disposición la totalidad de la causa, incluidas las piezas de convicción y, por tanto, no era necesario dar más tiempo.
El Tribunal señala, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, que no puede compartir los argumentos de la fiscal, ya que "no consta una resolución del instructor por la que se acuerde el desglose y testimonio de bridas y su unión a la pieza separada" que dio lugar a este procedimiento; ni una diligencia "con relación pormenorizada de los documentos agrupados en las bridas que corresponderían" a esta causa.
"Esta indefinición hace ineficaz --incluso dentro de la lógica de su argumentación-- la alegación del ministerio fiscal sobre la disponibilidad de las partes de la documentación de las bridas --¿cuáles?--", señala el Tribunal, apuntando que el traslado de las actuaciones tiene que cumplir lo que dispone la ley y, por tanto, "debe haber una resolución expresa de traslado a las defensas de esa documentación".
Además, indica que no existe infracción del principio de igualdad de armas entre las partes por el nuevo plazo dado, como alegó también el ministerio público en su recurso, apuntando que al ser parte del procedimiento "tendrá la misma oportunidad/posibilidad que el resto para intervenir en el trámite de audiencia y completar la proposición de cuestiones previas", como se acordó.
En el mismo auto se argumenta el motivo de la primera resolución, en la que no se resuelven otras cuestiones previas, y señala que al ser "consciente" del volumen de la causa, de que procede de una macrocausa compleja --caso 'Malaya'-- y de las alegaciones de las partes, que pidieron un plazo para ver esa documentación, pero "no que se retrotrajeran las actuaciones al órgano instructor", se consideró "razonable" resolver la cuestión como si fuera un incidente previo.
En este punto, se hace especial hincapié en que la Sala acordó la subsanación de esta omisión, "arbitrando una solución que permitiera a las partes tomar conocimiento de tales documentos, pero sin retrotraer las actuaciones al órgano instructor, evitando así los perniciosos efectos", y además "atajando con ello una posible causa de indefensión material", como alegó la defensa de Zaldívar, a lo que se sumaron las demás.
"CALIFICACIONES"
Asimismo, se alude a las calificaciones de "matiz meramente subjetivo" contenidas en los escritos presentados por las partes y señala que las "obvia" y se abstiene con el fin de "contribuir a rebajar la tensión entre las partes, siempre necesaria en la medida en que aviva el debate jurídico, pero enojosa, disolvente y estéril cuando se adentra en lo personal".
En este sentido, la Sala quiere dejar claro que "hay unos límites que están marcados y definidos por la libertad de expresión encuadrada dentro del derecho de acusación y defensa" y que "así son y serán interpretados por este Tribunal, sin que deban ser traspasados o extrapolados a otras consideraciones personales o contextos ajenos".
La Fiscalía señalaba en su recurso que la defensa partía "de una premisa falsa" de que no se había dado traslado de esos documentos, indicando que al plantearse la cuestión previa se había "ocultado" al Tribunal que había un escrito en el que se aludía a las piezas de convicción y que se les concedió un plazo de 20 días para la defensa, aunque reconocía que fue otro letrado el que tenía en ese momento la defensa de la exmujer de Zaldívar. Los abogados respondieron al recurso.
En el primer auto se acordó dar hasta el día 14 de septiembre a los abogados para ver la documental, 11 bridas, que, según alegó la defensa de la exmujer de Muñoz, no se le había dado traslado. Así, el Tribunal coincidía con las defensas en considerar "drástica" la solución de retrotraer las actuaciones hasta el momento que se produjo el fallo.
Asimismo, se determinó abrir un plazo para complementar los escritos de defensa, que se estableció entre el 17 y el 20 de septiembre; y un trámite de audiencia, que tendrá lugar en los días ya señalados, comenzando el 1 de octubre, para completar las cuestiones previas que ya fueron expuestas por los letrados el pasado 28 de junio. Además, se pospuso la resolución de estas alegaciones.