TSJA rebaja a seis años de prisión la condena a un hombre por violar a una conocida en Málaga

Archivo - Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de las secciones penales de la Audiencia de Granada.
Archivo - Fachada de la Real Chancillería de Granada, sede del TSJA y de las secciones penales de la Audiencia de Granada. - EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: lunes, 20 abril 2026 17:47

MÁLAGA 20 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado de ocho a seis años de cárcel la condena a un hombre por violar a una conocida, que se encontraba mareada por el consumo de alcohol, en el apartamento de un amigo en Málaga. Así, se estima en parte el recurso de la defensa del acusado y se revoca solo el apartado de la pena de prisión.

Según se declaró probado en la sentencia de la Sección Novena de Málaga, un día de septiembre de 2021, el procesado, acompañado de dos chicas jóvenes belgas y un amigo, se encontró a la salida de una discoteca con la víctima y dos amigas. Tras saludarse, este las invitó a seguir la fiesta en la casa de un amigo y todos se fueron a dicho lugar.

Una vez allí subieron hasta la azotea del edificio, donde era la fiesta y donde la víctima comenzó a sentirse "muy mal y mareada" por la ingesta de alcohol y haber fumado; por lo que fue al apartamento acompañada de una amiga y del procesado, según señalaba la resolución de la Sala de Málaga. Se quedó dormida y el acusado le dijo a su amiga que volviera a la fiesta que la "cuidaría".

Así, "consiguiendo quedarse a solas con ella", según se indicaba en la primera sentencia, el acusado se aprovechó la situación para violarla, aunque cuando la víctima se despertó comenzó a decirle: "quiero que me dejes". Volvió a quedarse dormida y al despertar notó tocamientos por parte del procesado "sin su consentimiento, momento en el que ella le cogió el brazo y se lo retiró".

Le repitió que "no quería y que la dejara" y por la mañana, avisó a sus amigas y les dijo de irse rápidamente del piso porque "había sido violada". La chica ha necesitado tratamiento psicológico desde que ocurrieron los hechos, por los que se le condena por un delito de abusos sexuales, con acceso carnal, sobre persona en situación de especial vulnerabilidad.

Además de los ocho años de cárcel, ahora modificados, la Sala de Málaga le impuso la prohibición de acercarse y comunicar con ella durante 13 años y la medida de libertad vigilada de ocho años, con la obligación de hacer un programa de reeducación sexual. También a indemnizar a la chica con 25.000 euros por el daño moral y el perjuicio a su proyecto de vida.

Frente a esta sentencia, la defensa presentó un recurso ante el TSJA, que ahora lo estima en el punto en el que se considera que no debió ser apreciada la agravación por especial vulnerabilidad de la víctima, que la sentencia fundamenta en que estaba en un estado de semiinconsciencia por el alcohol y hachís y en una situación de aislamiento por estar sola en el apartamento.

Así, alto Tribunal andaluz suprime la agravación específica de especial vulnerabilidad y sustituye la pena de ocho años de prisión por la de seis años, al indicar que "no es apreciable una clara situación de aislamiento" y que "el hecho de que el sujeto pasivo de una agresión sexual se halle en estado de inconsciencia o semiinconsciencia no justifica por sí solo la agravación por vulnerabilidad".

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