Archivo - Juicio en Sevilla a un guardia civil acusado de facilitar datos de vehículos a su excuñado - EUROPA PRESS - Archivo
SEVILLA 12 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cuatro años de prisión al guardia civil, de nombre Juan Luis, que facilitó datos relativos a distintos vehículos a su ex cuñado a cambio de retribución económica, al considerarlo culpable de un delito de cohecho pasivo y un delito de descubrimiento y revelación de secretos, así como al pago de una multa de 2.160 euros e inhabilitación especial para empleo o cargo público durante nueve años.
En la misma línea, el veredicto del jurado popular lo consideró culpable de los hechos, así como de haber aceptado esta retribución o dávida y de servirse de su condición de guardia civil para acceder a datos que constan en bases a los que los agentes "solo tienen acceso como fuentes de información protegidas y auditadas, cuyo uso es exclusivamente para el desempeño de las funciones que por competencia tienen atribuidas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado".
Según queda recogido en la sentencia, facilitada por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y consultada por Europa Press, el otro encausado, Francisco Javier, ha sido condenado a tres años de prisión por un delito de cohecho activo. Sobre este segundo, el jurado vio acreditado que este varón "ofreció remuneración económica o dádiva" al guardia civil, con quien mantenía una relación de amistad desde hace varios años, para tener acceso a los detalles de tráfico de diferentes vehículos, que emplearía después en los "trabajos remunerados que llevaba a cabo para una agencia de investigación".
De esta forma, en la sentencia queda probado que Francisco Javier "era conocedor del deber de confidencialidad que debía guardar respecto a la información que obrara registrada en las bases de datos de la Guardia Civil y de la prohibición de acceder a esa información o de utilizarla para fines distintos a los estrictamente profesionales".
Asimismo, la relación entre ambos "hacía que Francisco Javier fuera consciente de que el agente tenía acceso a las diferentes bases de datos utilizadas por los miembros de la Guardia Civil de Tráfico previamente habilitados".
Sobre el delito de cohecho, la Audiencia asevera que Francisco Javier "requería información a tiempo real sobre datos asociados a matrículas de vehículos de motor en las bases de datos de la Guardia Civil, por ejemplo mientras estaba haciendo el seguimiento de un determinado vehículo o de una persona concreta y, en ocasiones, la obtenía de manera casi inmediata como si se tratara de un miembro del Cuerpo en el curso de una investigación oficial".
"La indudable ventaja que ello le reportaba justificaba el ofrecimiento de una compensación o retribución económica", ofrecimiento que "está perfectamente acreditado y claramente enlazado con el trasvase de la información". Asimismo, concreta que "no ha prosperado la línea de defensa que intentó hacer valer ante el Jurado la existencia de una deuda del primero con el segundo en la que poder contextualizar los ofrecimientos de dinero".
Los datos "objetivamente acreditados" a lo largo del proceso judicial "permiten establecer que esos ofrecimientos de dinero que Francisco Javier hacía a Juan Luis eran a cambio de la información de que él obtenía gracias a su condición de Guardia Civil y ello a sabiendas de que este último actuaba por móviles ajenos a su misión pública y en contra de elementales deberes profesionales de rectitud y confidencialidad".
Sobre el delito de descubrimiento y revelación de secretos, expresa que "no ha sido controvertido en el juicio el hecho en sí de la difusión de la información, tampoco su contenido ni la fuente de la que provenía, ni el instrumento empleado para hacérsela llegar".
"Ambos acusados reconocieron expresamente estos extremos en sus respectivas declaraciones y también lo hicieron los testigos guardias civiles que accedieron a las bases de datos, obtuvieron la información y se la proporcionaron a su compañero, en la creencia de que la demandaba por motivos estrictamente profesionales", añade el escrito.
En relación con la autorización de un miembro de la Guardia Civil a ficheros registrados en el Sistema Integrado de Gestión Operativa, Análisis y Seguridad Ciudadana (Sigo), entre los que se encuentran los asociados a las placas de matrícula de vehículos de motor, remarca que "no contempla que con el acceso a esa información y con su gestión posterior se persiga un fin distinto al desempeño de sus funciones, es decir, que el acusado estuviera autorizado, en particular, para las consultas que no derivasen de su actuación como funcionario en el ejercicio de sus funciones".