Ponce recurre por la vía Social la negativa de Mercasevilla a su adhesión al ERE de 2007

Actualizado: viernes, 7 mayo 2010 19:16

SEVILLA, 7 May. (EUROPA PRESS) -

El que fuera director adjunto de la sociedad mixta Mercasevilla Daniel Ponce, imputado en las dos líneas de investigación incoadas por el Juzgado de Instrucción número seis en torno a la anterior gestión, ha recurrido ante la vía Social la decisión de la compañía, participada por el Ayuntamiento hispalense y Mercasa, de denegarle su adhesión al recién expirado expediente de regulación de empleo (ERE), después de haber sido readmitido gracias a una sentencia del Juzgado de lo Social número once que declaraba "improcedente" su despido.

La demanda elevada a los juzgados de lo Social de Sevilla, recogida por Europa Press, rememora que el 29 de marzo de 2007, la sociedad mixta y el comité de empresa pactaron el derecho de los trabajadores a pre jubilarse "voluntariamente" siempre que se alcanzasen los 50 años de edad, medida cuya vigencia se extendía del 2 de mayo de aquel año al 31 de abril de 2010.

El 25 de marzo, día en el que el consejo de administración de Mercasevilla formulaba las cuentas de 2009 con pérdidas por valor de más de 4,1 millones de euros, Ponce cumplía la edad de 50 años y, en función de los términos del citado ERE, solicitaba su adhesión con visos a su pre jubilación.

Ante la negativa de la empresa a permitir su adhesión al ERE, el ex director adjunto promovió una papeleta de conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación (CMAC), medida cuyo fracaso ha motivado que el caso sea derivado a los juzgados de lo Social. En su demanda, la representación jurídica de Ponce alega que merced al mencionado pacto entre la directiva de Mercasevilla y el comité de empresa, 40 empleados se han pre jubilado, siendo reconocidos a estos trabajadores "los mismos derechos que se le deniegan" al ex director adjunto.

Así, se produce un "trato desigualitario injustificado, expresamente proscrito por la Constitución Española, con la consiguiente vulneración de los derechos fundamentales" de Daniel Ponce.

EL DESPIDO DE PONCE

El fallo relativo al despido, recogido por Europa Press, consideraba hechos probados que Ponce realizó en 2007 y 2008 dos viajes a Vietnam con la asociación de mayoristas de pescado. En el primero de ellos recibió para el viaje 7.049 euros y devolvió 1.920,62 euros a la empresa tras haber anticipado 2.500 euros. En el segundo, recibió 4.367,67 euros y devolvió 1.392,46 euros, además de justificar gastos en comida, transportes y alojamiento por valor de 1.308,12 euros y entregar justificantes por el gasto de 560,80 euros en bebidas alcohólicas y masajes.

La sentencia reconoce, de hecho, que no se ha acreditado que Ponce justificase los gastos de su viaje a Vietnam en 2007, toda vez que entiende que los derechos fundamentales del demandante no se han visto vulnerados y no existió "acoso laboral en forma alguna".

De hecho, las causas alegadas por la empresa para su despido aludían a la falta de justificación de gastos de viaje, la entrega de 9.300 euros en concepto de beca a un "tercero ajeno a la empresa", concretamente Carmen V.M., y la participación en hechos "que podrían ser constitutivos de delito" con "ocultación", negligencia y "absoluta falta de control y desorganización" en la gestión empresarial, entre otros aspectos.

No obstante, en cuanto al acto de despido en sí, advertía el juzgado de que "ha de quedar acreditado la realidad y entidad de las faltas atribuidas al trabajador", aunque en este caso, la ausencia de justificación de los gastos realizados en Vietnam habrían prescrito, según el contenido de la sentencia.

"TOLERANCIA" DE LA EMPRESA A LAS "IRREGULARIDADES"

Además, entendía la sentencia que aunque no estuvieran prescritos los hechos, se dio una "clara situación de tolerancia de la empresa ante el comportamiento del trabajador. De hecho, el juzgado admite las "irregularidades" en la justificación de los gastos, pero advierte del "concurso" de la propia empresa, que tenía a su "disposición" los justificantes de gastos del viaje de 2008 y "ni siquiera se molestó en requerir" los del viaje de 2007.

En cuanto a la entrega del dinero de la mencionada beca, se trataría de hechos "prescritos" y "no se acredita" suficientemente que Ponce ordenara el pago de esta partida, toda vez que en lo que al supuesto intento de cobro de comisiones ilegales, extremo investigado por el Juzgado de Instrucción número seis con la propia imputación de Ponce, "no se considera suficientemente acreditado" que el demandante tomase parte en las conversaciones grabadas que sustentan el caso.