Cuánto deben pagar los autónomos societarios y colaboradores en 2026: así quedan las tablas de cotización

Archivo - (Foto De ARCHIVO) Teclado De Un Ordenador    EUROPA PRESS 06/2/2009
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Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: viernes, 10 abril 2026 18:17

MADRID 10 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Congreso aprobó en febrero el Real Decreto-ley 3/2026, que mantiene congeladas las cuotas de autónomos en 2026, permitiendo que la mayoría de trabajadores por cuenta propia paguen lo mismo que en 2025. Sin embargo, los autónomos societarios y los familiares colaboradores no correrán con la misma suerte y verán incrementada su base de cotización en más de un 42%, al pasar de 1.000 a 1.424,4 euros mensuales este año.

Este grupo de autónomos, que suponen entre ambos algo más de un millón de personas, de momento no están notando el incremento de la base mínima ya que provisionalmente se les permite cotizar este año por la base mínima de 2025. Ahora bien, cuando llegue el proceso de regularización, --previsto para 2028--, tendrán que pagar la diferencia entre bases, siempre en caso de que no hubieran adaptado su base a esta nueva cuantía.

ASÍ QUEDAN LAS CUOTAS QUE DEBEN PAGAR LOS SOCIETARIOS Y COLABORADORES?

Con el incremento de la base mínima de cotización de los autónomos societarios y colaboradores, la diferencia entre ambas bases mínimas supone unos 135 euros más al mes (1.620 euros anuales) en la cuota que muchos familiares colaboradores y autónomos societarios pagan ahora a la Seguridad Social, que asciende a unos 315 euros al mes en el caso de una base mínima de 1.000 euros.

 

Por ejemplo, un autónomo societario o un familiar colaborador cuya base mínima de cotización sea actualmente de 1.212 euros, tendrá que abonar a la Seguridad Social una diferencia de algo menos de 70 euros mensuales (cerca de 840 euros anuales) cuando llegue el proceso de regularización de cuotas.

¿CUÁNTOS TIPOS DE AUTÓNOMOS HAY Y CÓMO COTIZAN?

Existen varios tipos de autónomos y a efectos de la Seguridad Social la mayoría están en el RETA, cotizando según sus rendimientos netos reales. En concreto hay cuatro tipos principales de autónomos: los 'freelance', empresarios o societarios, Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes (TRADE), colaboradores y agrarios.

Un autónomo societario trabaja por cuenta propia pero a través de una sociedad mercantil (normalmente una SL o SA) en la que es socio con control efectivo y suele ejercer funciones de administración o dirección.

Por su parte, un autónomo colaborador es un familiar directo de un autónomo que trabaja de forma estable con él y cotiza en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos como 'colaborador', en lugar de ser un trabajador por cuenta ajena normal.

Todos los autónomos deben pagar la 'cuota de autónomos' cada mes en una cuantía que depende, desde 2023, de la base de cotización y los tramos que establece el Gobierno.

¿POR QUÉ LOS SOCIETARIOS Y COLABORADORES PAGAN MÁS?

Desde la Seguridad Social argumentan que la reforma del sistema de cotización del Régimen de Autónomos de 2022 -pactada con las asociaciones de autónomos, la patronal y los sindicatos, y aprobada con una amplia mayoría parlamentaria- estableció que la base de cotización de los autónomos societarios, familiares colaboradores y aquellos que no declaran rendimientos no podía ser inferior a la base mínima del Régimen General a partir de 2026.

De esta forma, a este tipo de autónomos se les aplica las reglas establecidas en el Real Decreto de 2022 que establecía el nuevo sistema de cotización por ingresos reales de los autónomos.

¿CÓMO FUNCIONAN EL SISTEMA DE COTIZACIÓN DE AUTÓNOMOS?

Este sistema de cotización, acordado con las principales organizaciones de autónomos, arrancó a principios de 2023 y cuenta con un periodo de transición de nueve años, hasta 2032.

Consta de 15 tramos de cuotas que en 2025, tomando como referencia la base mínima, oscilaron entre los 200 a los 590 euros mensuales, las mismas cantidades que pagarán este año.

Los autónomos tienen la posibilidad de cambiar de tramo cada dos meses, con un total de seis cambios al año, para adaptar su cotización a las previsiones de ingresos en cada época del año y de su actividad profesional.

Los rendimientos netos se calculan deduciendo de los ingresos todos los gastos producidos en ejercicio de la actividad y necesarios para la obtención de ingresos del autónomo.

Sobre esa cantidad, se aplica adicionalmente una deducción por gastos genéricos del 7% (3% para los autónomos societarios). El resultado es la cifra que determinará la base de cotización y la cuota correspondiente.

 

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