El Supremo admite el recurso de Aemec contra la supresión de blindajes

Europa Press Economía Finanzas
Actualizado: jueves, 14 octubre 2010 16:41

MADRID, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha admitido el recurso presentado por la Asociación Española de Accionistas Minoritarios de Empresas Cotizadas (Aemec) en contra de la nueva Ley de Sociedades Anónimas en la que se recoge el levantamiento de las limitaciones de voto en las empresas cotizadas.

Esta nueva norma aparece recogida en el Texto Refundido de Ley de Sociedades de Capital y, en el caso de la supresión de los blindajes, da un año de plazo, hasta junio de 2011, a su entrada en vigor, con el objetivo de que las empresas tengan tiempo para realizar las modificaciones estatutarias pertinentes.

Aemec ha recurrido la nueva norma por entender que el Ejecutivo se había extralimitado en su labor de refundición al haber incluido en la ley dos preceptos que no estaban vigentes en el momento en el que las Cortes habilitaron para esta labor al Gobierno.

Además, la inclusión tardía de estos preceptos en el texto del Gobierno impidió que el Consejo de Estado cumpliese su función preceptiva de elaborar un informe sobre los mismos, asegura la asociación.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso y ha ordenado al Gobierno que remita todo el expediente que dio lugar a este Texto Refundido.

En concreto, Aemec denuncia que los preceptos que "vician" la norma son el artículo 515, referido a los límites máximos de voto por un mismo accionista en una sociedad cotizada, y el artículo 528, en el que se regulan las asociaciones y foros de accionistas.

El recurso va dirigido a solicitar la nulidad de estos dos preceptos y no valora el contenido de las normas. No obstante, Aemec considera que la supresión de blindajes "perjudica a los accionistas minoritarios y sólo facilita la toma de control de sociedades cotizadas sin presentar la correspondiente OPA".

El catedrático de Derecho Mercantil Juan Ignacio Peinado, socio del despacho Cremades & Calvo-Sotelo e integrante del grupo de juristas responsables de este recurso, aseguró que, tras el examen del texto, han surgido "serias dudas" respecto de una decena de preceptos.

Pese a ello y a que algunos artículos "carecen de fundamento" o "hacen ley de la aplicación analógica de normas sólo vigentes para sociedades cotizadas", los juristas han decidido recurrir sólo los casos que "no ofrecían ningún género de dudas", y descartar el resto.

SUSPENSIÓN CAUTELAR.

Aemec ha solicitado al Supremo la suspensión cautelar de los artículos impugnados, ya que, a juicio de Peinado, "el peligro de que no se suspenda es grave y difícilmente indemnizable llegado el caso".

Según dice, la norma puede suponer "un gran esfuerzo de adaptación de estatutos por muchas sociedades cotizadas, al tiempo que la desinversión de fondos por el cambio importante del marco legal".

Además, "el modelo de asociaciones de accionistas no debiera desarrollarse reglamentariamente, pues supondría una devaluación de otros modelos actualmente vigente en Europa y España", añade.

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